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El expresidente de la Generalitat y eurodiputado de Junts, Carles Puigdemont, a su llegada a una rueda de prensa para explicar los detalles del acuerdo de investidura con el PSOE, en el Parlamento Europeo, a 9 de noviembre de 2023, en Bruselas (Bélgica). PSOE y Junts han cerrado un acuerdo para investir al presidente del Gobierno en funciones y candidato socialista a la reelección, Pedro Sánchez. El pacto incluye la amnistía y casos de ‘lawfare’, término con el que los dirigentes independentistas se refieren a lo que consideran una persecución por parte de jueces y magistrados por motivos políticos. El anuncio llega días después de largas negociaciones entre ambas formaciones, que desde el pasado 2 de noviembre se han centrado en desencallar algunas diferencias en el redactado de la ley de amnistía y en definir su alcance.
09 NOVIEMBRE 2023;ACUERDO;AMNISTÍA;INVESTIDURA;PRENSA;COMPARECENCIA;LAWFARE
Europa Press / Europa Press
09/11/2023

El prófugo de la Justicia y líder de Junts, Carles PuigdemontEuropa Press

¿Cuándo podrá Puigdemont volver a España tras registrarse la ley de amnistía?

El prófugo no retornará a España, previsiblemente, hasta la primavera de 2024; aunque puede haber otros aspectos que retrasen aún más su llegada al territorio nacional

Una vez que ha comenzado el trámite parlamentario de la amnistía, con la presentación de la proposición de ley por parte del Grupo Socialista en el Congreso, se abren los plazos para que el prófugo de la justicia y líder de Junts, Carles Puigdemont, pueda volver a España sin que sea detenido para pasar a disposición judicial.

La aprobación en las Cortes

Sánchez, en vez de haber elaborado un proyecto de ley –que emana del Gobierno y requiere los informes preceptivos pero no vinculantes del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)– ha empleado la fórmula de la proposición de ley, que presentan los grupos parlamentarios y que acorta mucho el tiempo de tramitación. Además, se va a cursar por el procedimiento de urgencia, que reduce los plazos a la mitad.

La modificación del Código Penal en la que se incluyó la derogación de la sedición y la reforma de la malversación –el antecedente más próximo– el Ejecutivo consiguió aprobarla en 41 días. Su trámite en el Congreso tan solo tardó 20 días, momento en el que se envió al Senado.

Sin embargo, en esta legislatura el PP cuenta con mayoría absoluta en la Cámara Alta, donde además se ha reformado el Reglamento para dilatar los plazos de la proposición de ley de la amnistía. La modificación aprobada permite a los 'populares' retrasar la tramitación de la amnistía hasta los dos meses, tal y como se establece para el procedimiento ordinario.

La norma que quiere materializar el PSOE llegaría al Senado en torno a la primera quincena de diciembre. A partir de entonces, la Cámara Alta tiene dos meses para, en principio, vetar la ley. Sin embargo, la propia Constitución en su artículo 73 recoge que el mes de enero no es ordinario para las Cortes, por lo que la amnistía saldría del Senado a principios de marzo. Tras lo cual, tendría que ser aprobada por el Pleno del Congreso, y por consiguiente no entraría en vigor hasta finales de marzo o principios de abril del próximo año.

Así las cosas, Puigdemont no retornará a España, previsiblemente, hasta la primavera de 2024; aunque puede haber otros aspectos que retrasen aún más su llegada al territorio nacional.

El papel de los juzgados

El pasado martes 14 de noviembre el ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, aseguró en una entrevista en RAC1 que «el próximo año» la amnistía «estará aprobada, con toda seguridad, y una vez entre en vigor veremos su recorrido judicial, porque son los jueces quienes deben pronunciarse sobre la amnistía en cada caso concreto». Sin embargo, el texto presentado por los socialistas ata de manos, hasta cierto punto, a los jueces, ya que indica que «el órgano judicial competente ordenará la inmediata puesta en libertad de las personas beneficiadas por la amnistía que se hallaran en prisión».

En cuanto a lo que afecta a Puigdemont, la ley asegura que «quedarán sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión de las personas a las que resulte de aplicación esta amnistía, así como las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención», sin mención alguna a si esta facultad la ejercerán los jueces competentes para dictar las correspondientes órdenes de detención o si simplemente tiene vigencia con la aprobación de la norma. Todo ello determinará cuándo podrá el prófugo volver a España.

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