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Agentes de la Policía Nacional rodeados de hogueras durante los disturbios en la Plaza de Urquinaona, en Barcelona a 18 de octubre de 2019.
Germán Lama

Disturbios en Calle Ausias March con calle Junqueras
David Zorraquino / Europa Press
(Foto de ARCHIVO)
18/10/2019

Imagen de los disturbios de Barcelona que pueden quedar amnistiadosEuropa Press

Ley de amnistía

Los juristas advierten: «El Gobierno no puede rebajar el nivel de persecución eficaz y efectiva del terrorismo en la UE»

Expertos en Derecho Penal y Comunitario coinciden en que la enmienda pactada por el PSOE y Junts para incluir Tsunami Democrátic en el borrado penal del procés se aleja de la Directiva europea en la materia

en las últimas horas, lo más comentado de la ley de amnistía han sido los cambios incorporados sobre el texto inicial a través de las enmiendas transaccionales de Junts y ERC que el PSOE ha aceptado como propias. El relato político ha puesto el foco en que, con los nuevos ajustes en materia de terrorismo, el borrado penal del procés se ajusta como un guante a los estándares europeos. Sin embargo, los expertos en Derecho Penal y Comunitario consultados por El Debate discrepan de la visión del Gobierno y advierten de que ningún Ejecutivo, ni Legislativo: «puede rebajar el nivel de persecución efectiva y eficaz del terrorismo» que establece la Directiva Europea 2017/541 aunque los socialistas, y sus socios separatistas, se apresuren a invocarla para defender lo contrario.

Cabe recordar que fue este Gobierno, con Pedro Sánchez en cabeza, el que traspuso la norma de la UE a nuestro ordenamiento para «ampliar», en 2019, «el catálogo de delitos terroristas previsto en nuestro Código Penal» hasta la fecha. Una Ley Orgánica que, por lo tanto, tal y como está redactada «se adapta al Derecho Comunitario» y «queda armonizado» con el resto de países miembros.

Por lo que «ningún examen» de la amnistía, tal y como está planteada por el Ejecutivo socialista, «pasará los filtros de los estándares europeos» que el mismo Gobierno «aceptó incorporar a nuestra regulación interna», cuando ahora abandera «reducirlos por razones que nada tienen que ver con el interés general», subrayan varios juristas.

De hecho, a nivel comunitario, llegan a penalizarse las actividades definidas por una combinación de intención terrorista y comportamiento habitual como el uso de canales de comunicación en línea o la consulta de material escrito sobre la materia. Un detalle que «por aplicación del principio de autonomía del Derecho Penal permitiría incluso sancionar» a los participantes accesorios en los delitos de terrorismo, «aunque no hayan podido identificarse a los responsables principales» de los mismos.

Tanto el Derecho Internacional como el de la UE, incluida la Directiva, entienden el terrorismo como «una forma especialmente grave de delito» que persigue un objetivo específico. En la Directiva, este último concepto incluye el «intimidar gravemente a una población y obligar indebidamente a un Gobierno o a una organización internacional a realizar o abstenerse de realizar cualquier acto», destacan varios expertos consultados por este diario. Un planteamiento que coincide con los criterios de otros mecanismos vigentes contra el terrorismo, como convenios, protocolos o la resolución 1566 (2004) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Financiación y actos preparatorios

Así las cosas, la Directiva de 2017, lejos de ser más permisiva que nuestro propio ordenamiento, «reforzó el enfoque de la legislación de la UE», en materia de lucha antiterrorista, hasta «los delitos preparatorios». Es decir, aquellos actos realizados con la intención de cometer o contribuir a la comisión de delitos terroristas reales. Una definición que «incluye la provocación pública a la comisión de un delito de terrorismo (artículo 5), la recepción de adiestramiento para el terrorismo (artículo 8) y los viajes con fines terroristas (artículo 9) que introducen conductas anexas como provocación indirecta o aprendizaje autónomo», apunta la catedrática catalana Teresa Freixes.

Es decir, más allá de los artículos 2 y 3 de la norma europea, en los que parecen haberse apoyado los autores de la amnistía, para asegurar que el terrorismo a perdonar queda fuera de ese catálogo cerrado de conductas previsto en la misma, «existen otros ilícitos que abundan en la necesidad de insistir, por parte de los Estados miembros de la UE» en la lucha antiterrorista.

Por ejemplo, «se han olvidado de contar» que el artículo 15 «hace referencia a la financiación del terrorismo», por ejemplo, «como la prestación de ayuda material con fines terroristas a través de la participación o la intermediación en el suministro o la circulación de bienes, servicios y activos, incluidas las operaciones comerciales que conlleven su entrada a la Unión o su salida de ésta» cuyos beneficios «pretenden utilizarse, en su totalidad o en parte» para la consecución de los fines previstos en las organizaciones criminales.

La malversación «sin ánimo de lucro»

Tampoco parece tener un buen encaje en Europa la amnistía de la corrupción apoyada en la tesis de la malversación «sin ánimo de lucro». Esto es, aquella cometida por los políticos separatistas para la causa del procés pero no para su enriquecimiento personal. «La normativa europea vigente ordena una persecución efectiva y disuasoria» de este tipo de delitos de naturaleza económica, apuntan los juristas. «Que el Gobierno pretenda usar como argumento subjetivo que la la finalidad del desvío de los fondos públicos de Cataluña, no se produjo para beneficio de quienes los desviaron, conceptualmente, no tiene recorrido en el ámbito penal donde el dolo viene determinado en cada tipo regulado», apostillan.

«Lo que importa de la malversación del procés» en clave comunitaria, para la UE, es «qué acciones irregulares fueron ejecutadas y cómo quienes las ejecutaban eran conscientes de ello». La «consecuencia ulterior» sobre el destino de los fondos públicos utilizados «no es relevante» porque lo que «protege el Derecho Europeo es la aplicación de los mismos a finalidad distinta de aquella para la que fueron concebidos que es la única base para evitar que se cometa el delito», señalan varios expertos.

El TJUE sentó una jurisprudencia clara sobre los delitos de malversación, en Rumanía, al intervenir condenando varios casos de corrupción en los que ni siquiera estaban comprometidos fondos europeos

«Todo lo que se ha hecho para encajar la amnistía en el punto de vista del Derecho Europeo es un despropósito», desde el momento en que la Ley «suscita una desigualdad manifiesta» entre los españoles y promueve un «trato discriminatorio por favorable e injustificado» para algunos de ellos.

La olvidada «protección a las víctimas»

La Directiva también buscó complementar, en su momento, la legislación transnacional sobre los derechos de las víctimas del terrorismo y el refuerzo de los mecanismos de respuesta de emergencia inmediata, entre los Estados miembros, después de un atentado.

Los valores de la UE basados en la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad así como el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales –y bajo los principios rectores comunes de la democracia y el Estado de Derecho–, los actos terroristas «constituyen una de las violaciones más graves de los mismos» a nivel comunitario.

Por ello, la Directiva «amplificó la cobertura de los derechos de las víctimas del terrorismo, al incluir un catálogo de las necesidades específicas, como puede ser el acceso inmediato a servicios de apoyo profesionales que ofrezcan tratamiento médico y psicosocial o jurídico», así como la activación de un sistema de indemnizaciones. Un aspecto «del que parecen haberse olvidado» los impulsores de la amnistía en trámite.

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