Operación Santiago-Rusadir
La juez rectifica y pone en libertad a los cinco ex consejeros de Melilla investigados por presunta compra de votos
La defensa de Rachid Bussian acreditó en la vista celebrada en la Audiencia Provincial que ni existía riesgo de fuga, ni posibilidad de influir en terceros. El recurso fue desestimado pero la juez ha hecho suyos los argumentos para modificar su decisión inicial
La juez titular del Juzgado de Primera Instancia en Instrucción número 2 de Melilla ha decretado libertad condicional sin fianza para el presidente de Coalición por Melilla (CPM), Mustafa Aberchán, y cuatro de sus ex consejeros en el Gobierno de la ciudad autónoma, tras acceder a la última petición formulada por la defensa de Rachid Bussian quien, en un contundente escrito presentado a la magistrada, ha justificado la inexistencia de fuga de su respresentado.
Las razones aportadas por la letrada del que fuera responsable del área de Infraestructura, Urbanismo y Deporte han desvirtuado, procesalmente, la decisión adoptada sobre los cinco miembros de la formación – Dunia, Almansouri, Mohamed Ahmed y Hassan Mohatar, además de Aberchán y Bussian– quienes llevaban más de dos meses privados de libertad, tras ser detenidos por su presunta participación en una trama corrupta de compra de votos, durante la pasada legislatura, en la que CPM conformó Ejecutivo en coalición con el PSOE y con el ex miembro de Ciudadanos Eduardo de Castro.
La tenacidad de la penalista Bárbara Royo, quien fue la única de las defensas que acudió a la vista celebrada hace unas semanas en la Audiencia melillense, «por fin» ha hecho rectificar a la juez cuya decisión inicial de encarcelar a los investigados fue muy cuestionada. No en vano, la magistrada aludió a la proximidad geográfica con Marruecos, a su ascendencia marroquí y a la posibilidad de una huida en «motos de agua» o «embarcaciones de recreo» para decretar la prisión provisional. Una valoración ante la que Royo siempre manifestó su más profunda disconformidad y que ha calificado, en todo momento, como una «condena anticipada».
Una «flagrante»vulneración de derechos
«La situación era insostenible», ha afirmado Royo en declaraciones a El Debate tras conocerse el sentido de la decisión adoptada con la que está «muy satisfecha, aunque llega tarde». Y es que, a su juicio, el auto de encarcelamiento, dictado el 5 pasdo de marzo, que hoy ha quedado sin efecto, se apoyaba en dos motivos inasumibles. El primero, el riesgo de fuga posteriormente descartado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, que «vulneraba todas las normas nacionales e internacionales que protegen la igualdad de todos los españoles ante la ley, con independencia de la ciudad autónoma en la que vivan», reflexiona la abogada madrileña.
Aquella resolución que, ahora, ha quedado revocada, «constituye una flagrante e intolerable vulneración de los derechos fundamentales y garantías constitucionales que han de gobernar en todo proceso judicial, máxime en toda causa penal. Y, entre dichas garantías se encuentra la del inquebrantable y obligado respeto a la presunción de inocencia, a la legalidad, a la igualdad de partes y a la libertad personal», recordaba hace unas horas la letrada de Bussian, en el último escrito que ha motivado el cambio de criterio judicial.
En contra de una «pena anticipada»
El segundo de los motivos en los que se apoyaba el encarcelamiento cautelar es que los detenidos pudieran ejercer «presiones contra terceros» para la «destrucción de pruebas». Otro aspecto que, también, la Audiencia de Melilla descartaba pese a desestimar los dos recursos y confirmar la prisión que, sin embargo, según la doctrina unánime, nunca puede destinarse a cumplir una «función de anticipo» de las penas que, presumiblemente, puedan imponerse a los investigados, de acuerdo con la regla de la proporcionalidad.
Por lo tanto, «no tenía ningún sentido que la jueza continuase sometiendo a estos cinco investigados a una situación injusta, sin base en ninguno de los elementos previstos para la prisión provisional», añade Royo. La letrada confía además, en que una vez se haya disipado el «humo» del proceso y ante un futuro y eventual juicio, los ahora sospechosos «quedarán libres» de cualquier sospecha.