Fundado en 1910
Begoña Gómez junto a Pedro Sánchez

Begoña Gómez junto a Pedro SánchezGTRES

El Debate accede al sumario del caso Begoña

El juez abre una pieza por revelación de secretos ante la filtración a 'El País' del informe de la UCO

El titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, –encargado de la investigación del caso Begoña Gómez por un posible delito de revelación de secretos– ha ordenado que se forme «pieza separada» por un «posible delito de descubrimiento y revelación de secretos» tras el filtrado al diario El País del informe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO).

El pasado 21 de mayo el rotativo del Grupo Prisa publicó una información en la que aseguraba que «la Guardia Civil no aprecia indicios de delito en la actuación de la mujer del presidente». Tal y como viene recogido en el sumario de la causa –al que ha tenido acceso El Debate– la Jefatura de Policía Judicial de la UCO envió un oficio al juez Peinado en el que se expresaba que «en el día de hoy se ha tenido conocimiento» de una «publicación realizada por el medio digital EL PAÍS», de cuyo contenido «se desprende sin ningún género de dudas que se ha tenido acceso al contenido del informe, del que se extracta, del que se extracta incluso alguna frase de manera literal y entrecomillada».

«Se trata concretamente del atestado policial nº 95/2024, que fue entregado en sede judicial el 14 e mayo de 2024, amparado en el secreto de sumario», agrega el informe de la UCO.

Tras este oficio de la Policía Judicial, el juez Peinado emitió una providencia el 22 de mayo en la que relata que «dada cuenta; visto el anterior oficio remitido por la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, quien tiene encomendada labores de investigación en las presentes diligencias previas, fórmese pieza separada con testimonio de la presente resolución y dicho oficio y documentación aportadas con el mismo, por un posible delito de revelación de secretos».

Este delito está regulado en el artículo 197.2 del Código Penal, precepto que asegura que se castigará con una pena de prisión de 1 a 4 años al que «sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal», pena que se aplica «en su mitad superior», para el caso de los funcionarios.

De hecho, en el auto en el que juez levanta el secreto de la causa reseña que «toda vez que ha sido publicado en prensa el informe aportado por la UCO y no habiendo más documentación en la causa sobre la que sea necesario mantener el secreto, procede dejar sin efecto dicha medida, pues, en este momento, el conocimiento de lo actuado por las partes no va a perjudicar la investigación en curso».

comentarios
tracking