Fundado en 1910
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, firma el documento antes de que el rey Felipe VI sancione por primera vez una reforma de la Constitución

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, firma la ley que cambia el artículo 49 de la ConstituciónEFE

La ley impide a Sánchez declarar por escrito al haberle citado el juez en su condición de «esposo»

El artículo 412.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga al juez a tomar declaración «en su domicilio o despacho oficial»

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no quiere encontrarse cara a cara con el juez que está investigando las actividades de su mujer, Begoña Gómez, dentro de la cátedra que dirigía en la Universidad Complutense de Madrid. Así se desprende al menos de la carta que ha enviado este miércoles el presidente del Gobierno al juez instructor.

El titular del Juzgado número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, además de citarle a declarar, al amparo de la ley, evitó a Pedro Sánchez la imagen de un presidente del Gobierno entrando en la puerta de un juzgado. Para ello, ordenó que se posibilitara el traslado del juez al Palacio de la Moncloa para tomarle declaración en el despacho del presidente del Gobierno.

Sin embargo, Pedro Sánchez ha pedido que su declaración sea por escrito. Bueno, más que pedir, lo que pretende hacer es imponerlo. «Mi declaración se deberá prestar por escrito», asevera el presidente del Gobierno. Y para ello menciona el artículo 412.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Sin embargo, Sánchez va a tener difícil convencer al juez de declarar por escrito. Y es que, el titular del juzgado cita a Pedro Sánchez a declarar en calidad de «esposo de la investigada» y no de presidente del Gobierno por lo que, tal y como explica el artículo 412.3 de la citada ley, «si fuera conveniente recibir declaración a alguna de las personas a las que se refiere el apartado 2 anterior (donde se cita a los cargos, incluido el del presidente) sobre cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo, se tomará la misma en su domicilio o despacho oficial», lo que no solo ofrece la posibilidad de que el juez acuda al despacho, sino que le obliga a ello.

Posibilidad sin imposición

Por si este error en la lectura de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no fuera suficiente, en la misiva que ha enviado Pedro Sánchez al juez asegura que «mi declaración se deberá prestar por escrito», haciendo mención al artículo 412.2 de la ley. Sin embargo ese artículo tan solo ofrece la posibilidad de declarar por escrito. «Están exentos de concurrir al llamamiento del juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo por escrito sobre los hechos de que tengan conocimiento por razón de su cargo» dice dicho artículo sin imponer ninguna obligación de testificar por escrito.

Pero, al haber sido citado a declarar como «esposo de la persona investigada» indica que los hechos sobre los que se le preguntará no están relacionados con su cargo de presidente del Gobierno, sino de esposo de Begoña Gómez.

comentarios
tracking