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27 de septiembre de 2024

El expresidente catalán Carles Puigdemont, en el Parlamento Europeo

El expresidente catalán Carles Puigdemont, en el Parlamento EuropeoEFE

Varapalo de la Justicia europea a Puigdemont: desestima su recurso por no ser reconocido eurodiputado en 2019

El TJUE ha rechazado definitivamente el recurso presentado contra el expresidente catalán fugado y su exconsejero Toni Comín

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desestimado definitivamente este jueves el recurso de casación interpuesto por Carles Puigdemont y Toni Comín contra el Parlamento Europeo por no haberles reconocido inicialmente como eurodiputados tras las elecciones europeas de mayo de 2019 ni la inmunidad asociada.

El Alto Tribunal europeo avala la sentencia en primera instancia en la que el Tribunal General declaró que el entonces presidente de la Eurocámara, el conservador Antonio Tajani, no podía apartarse de la lista de diputados electos que las autoridades españolas le habían notificado oficialmente, lista de la que la Junta Electoral Central (JEC) dejó fuera a los dos políticos independentistas por no acudir a Madrid a acatar la Constitución.

Según avisa, el presidente de la Eurocámara no dispone de ninguna competencia para controlar la exactitud de la lista remitida por la JEC, porque de hacerlo podría quebrantar el reparto de competencias entre la UE y los Estados miembro.

En la práctica, la sentencia dictada por el tribunal europeo no tiene consecuencias, dado que ambos ocuparon sus escaños a partir de enero de 2020. El fallo podrá ser tenido en cuenta en un nuevo recurso ante el TJUE de Comín, cuyo nuevo escaño obtenido en las pasadas europeas del pasado junio permanece vacante en la Eurocámara porque la Junta Electoral Central (JEC) no incluyó su nombre en la lista de eurodiputados proclamados y notificada a la institución comunitaria.

«Situación de defensión»

Tras la decisión, Puigdemont y Comín han lamentado, en un comunicado conjunto, la «situación clara de indefensión» que les deja el fallo del TJUE. Creen que este fallo abre la puerta a que «otros Estados miembros de la UE puedan imitar el ejemplo de España e inventar requisitos contrarios a los principios de la democracia e incompatibles con el derecho europeo para subvertir los resultados electorales».

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