De izquierda a derecha, Antonio Miguel Ruiz Carmona, Antonio Rodrigo Torrijos y Joaquín Peña, en el banquillo de la Audiencia Nacional

De izquierda a derecha, Antonio Miguel Ruiz Carmona, Antonio Rodrigo Torrijos y Joaquín Peña, en el banquillo de la Audiencia NacionalEFE

Caso Fitonovo

La Audiencia Nacional absuelve al PSOE e IU de las mordidas en el Ayuntamiento de Sevilla

  • El tribunal desvincula al PSOE de los hechos delictivos de algunos de sus miembros en la reforma de su sede en la Macarena

  • No queda acreditado que IU recibiera dinero alguno procedente de la empresa de servicios medioambientales

La Audiencia Nacional ha zanjado el juicio celebrado por las mordidas en el Ayuntamiento de Sevilla procedentes de la empresa Fitonovo con las absoluciones del PSOE e Izquierda Unida (IU), que se encontraban en el proceso como partícipes a título lucrativo de las comisiones. Antonio Rodrigo Torrijos (IU), ex primer teniente de alcalde; José Manuel García (IU), otrora delegado de Juventud y Deportes, y el exedil del PP Joaquín Peña también han sido eximidos de los cargos que se le imputaban inicialmente.

Por el contrario, han sido condenados, entre otros, el que fuera asesor del alcalde socialista Alfredo Sánchez Monteseirín, Domingo Enrique Castaño; el exconcejal del PSOE Manuel Gómez Lobo, y el hombre de confianza de Torrijos, Antonio Miguel Ruiz Carmona, por delitos de cohecho y tráfico de influencias en los dos primeros casos y sólo por cohecho en el caso de Ruiz Carmona. No obstante, ninguno de ellos entrará en la cárcel.

La sentencia de la Audiencia Nacional viene marcada, precisamente, por el acuerdo al que llegaron con la Fiscalía Anticorrupción, por el cual aceptaban peticiones de condena rebajadas, inferiores a un año, a cambio de reconocer su responsabilidad en la trama. Los principales acusados admitieron haber recibido regalos, así como otras mordidas para el PSOE e Izquierda Unida por parte de Fitonovo, en contrapartida de contratos municipales.

El papel de Castaño

La sentencia recoge como hechos probados que Fitonovo creó una «infraestructura tanto operativa como contable destinada a atender dádivas en consideración y recompensa a funcionarios públicos, valiéndose de la estructura comercial de la empresa, estableciendo una contabilidad paralela que se nutría de facturación falsa para, entre otros fines, financiar dichos pagos a los funcionarios públicos».

En relación con Castaño, la Audiencia Nacional considera probado que, cuando era director de Vía Pública del Ayuntamiento de Sevilla, experimentó un incremento patrimonial por un valor total de 303.458,52 euros a través de «regalos y cobros de comisiones ilícitas», gracias a los cuales Fitonovo resultó «claramente favorecida» en la adjudicación del macrocontrato de Parques y Jardines por importe de 48 millones de euros y del contrato de mantenimiento de Vía Pública.

Además, según los jueces, el que fuera asesor de Monteseirín pidió al dueño de Fitonovo, Rafael González Palomo, 60.000 euros «para la financiación» del PSOE; cantidad reducida a la mitad, después de la compra de un Audi. Sin embargo, «no ha quedado acreditado» que la empresa abonara al partido aquella suma.

Las absoluciones del PSOE e IU

Del mismo modo, la sentencia señala que «Fitonovo realizó el pago de las obras de acondicionamiento del local del PSOE de la Agrupación ‘Macarena’, a la que pertenecía el inculpado Castaño Gallego, si bien las mismas se facturaron a nombre de una empresa dedicada a la desratización, llamada ‘Klevin, S. L.’».

Empero, la Audiencia Nacional estima que «no se puede condenar al PSOE como partícipe a título lucrativo por un supuesto enriquecimiento ilícito propiciado por unos sujetos vinculados al mismo, partícipes de un proyecto criminal mucho más amplio, y que con esta operación de ejecución de unas obras de reforma en la Agrupación Socialista Macarena no perseguían sino mantener su propia esfera de influencia sobre Fitonovo y sus directivos, a fin de que estos continuasen con el pago de suculentas dádivas de todo tipo, a cambio de adjudicaciones de obra pública en el Ayuntamiento de Sevilla, como así sucedió».

En cuanto a Izquierda Unida, el tribunal indica que en la contabilidad investigada en Fitonovo no figura «mención alguna a IU ni a ningún responsable» del partido, además de que el Tribunal de Cuentas no detectó «ninguna irregularidad» al analizar las cuentas de la organización.

Por su parte, el exedil del PP Joaquín Peña resulta absuelto porque no ha quedado acreditado que «la adjudicación de los contratos se hubiere llevado a cabo como consecuencia de la intermediación ejercida» por él como director general de Medio Ambiente del Consistorio hispalense, «ni menos aún que aquél hubiera cobrado o recibido dádiva alguna de cualquier clase».

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