El presidente de la Generalitat de Catalunya, Pere Aragonès, durante una rueda de prensa, este viernes

El presidente de la Generalitat de Catalunya, Pere AragonèsDavid Zorrakino / Europa Press

Cataluña

Varapalo del TSJC al separatismo por el acoso al español en la escuela, que tilda de «inconstitucional»

Ha hecho públicas tres sentencias que avalan la aplicación del 25% de castellano en un aula de tres escuelas de Cataluña

«Seguimos considerando ahora que el modelo lingüístico establecido en ambas normas de referencia resulta inconstitucional por oposición al modelo de conjunción lingüística que es el modelo constitucional que reivindica el actor». Es lo que recogen las sentencias que ha hecho públicas el TSJC y que avala que se aplique el 25% de castellano en un aula de tres escuelas de Cataluña.

En definitiva, el alto tribunal catalán insiste en cuestionar la constitucionalidad del decreto sobre los proyectos lingüísticos de los centros aprobado por la Generalitat y la ley sobre el uso del catalán en las escuelas que aprobó el Parlament, y que rechaza el uso de porcentajes para la enseñanza de lenguas. Normas que tenían como objetivo eludir la sentencia del Tribunal Supremo sobre ese mínimo del 25% de castellano.

El tribunal también considera que la presencia del castellano «es insuficiente» y «no adecuada» en los centros escolares afectados. Y, de hecho, en una de estas escuelas, por ejemplo, y según recoge la sentencia, el menor recibía 2,5 horas semanales en el área de lengua castellana y ninguna más en otras áreas. A esto había que añadir treinta minutos de lectura dos días a la semana, y de manera puntual otras actividades como música, o el «registro escrito de las emociones», que también se hace en castellano, y que supone unos cinco minutos al día

Por todo ello, el TSJC deja claro que «la garantía constitucional y legal del uso mínimo del castellano, como lengua de aprendizaje, no aparece garantizada de modo suficiente en el centro escolar que examinamos; incluso, ni tan siquiera aparece que puedan cumplirse razonablemente los objetivos sobre uso educativo y curricular del castellano fijados en la nueva legislación catalana de 2022».

El tribunal detalla que esta enseñanza deberá comprender «aparte de la asignatura o materia correspondiente al aprendizaje de dicha lengua, al menos otra área, materia o asignatura no lingüística curricular que, por su importancia en el conjunto del currículo y su carga lectiva, pueda ser considerada como principal».

Sistema binario

La sentencia también llega a dir que el sistema de inmersión lingüística sólo en catalán como el que se aplica en Cataluña, «podría tener viabilidad en una enseñanza gratuita binaria o de opción lingüística, pero presenta unos límites en un modelo único integral de enseñanza gratuita para todos los alumnos, como es el sistema educativo de Cataluña, donde debe respetarse la cooficialidad de las lenguas y el derecho de los alumnos y alumnas a recibir un mínimo de enseñanza en castellano, con el fundamento constitucional y legal antes expresados».

De hecho, el tribunal dice que no se puede obviar que «existen situaciones de movilidad, esto es, de alumnos que solo están transitoriamente en el sistema educativo catalán, por lo que no pueden crearse etapas educativas de inmersión que puedan perjudicar a estos alumnos y alumnas». Sería el caso, por ejemplo, de los hijos de agentes de la Policía Nacional o de la Guardia Civil destinados a Cataluña. Se da la circunstancia de que algunas asociaciones y sindicatos de ambos cuerpos policiales habían presentado también una solicitud al TSJC que iba en esta línea.

Entidades que defienden el bilingüismo

Desde la Asamblea por una Escuela Bilingüe destacan que son ya siete las familias catalanas asesoradas por la entidad y que «han visto reconocido en sentencia firme el derecho de sus hijos a estudiar EN castellano». Se tratan de centros de Barcelona, Palamós, Sant Pere de Ribes y Sant Esteve Ses Rovires.

Y una de las sentencias que se ha hecho pública este martes se pronuncia sobre las reclamaciones de una familia representada por Hablamos Español. Y el centro educativo en el que se tiene que aplicar el 25% es la escuela Emili Juncadella de Barcelona. El abogado de esta entidad y presidente de Convivencia Cívica Catalana, Ángel Escolano, dice que la sentencia es muy importante porque «demuestra que toda la normativa que aprobó la Generalitat para incumplir la sentencia del TS es inútil y toda el blindaje que intenta la Generalitat con una normativa que es cuestionable, no va a impedir que los padres sigan consiguiendo en los tribunales que al menos una parte de la educación sea también en castellano».

La Generalitat recurrirá

Por otro lado, la consejera de Educación de la Generalitat, Anna Simó, ha avanzado que recurrirán estas sentencias. Insiste la responsable de educación en señalar que el TSJC se está «extralimitando» de sus funciones, porque, entre otras cuestiones, está entrando en el terreno de la pedagogía. "El TSJC, la función pedagógica no la tiene reconocida por ley”, ha dejado claro Simó, quien también ha lamentado que el tribunal «haya entrado en campaña».

Y es el mundo al revés, porque la consejera considera que la nueva terminología que está usando el tribunal en sus sentencias, como por ejemplo que se tenga que dar en español una o unas asignaturas troncales, sólo tienen como objetivo saltarse, «eludir» la normativa catalana y el marco legal de Cataluña.

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