Santiago Abascal y Juan Garriga (Vox) durante la manifestación contra la dictadura lingüística en Cataluña

Los líderes de Vox Santiago Abascal y Juan Garriga, durante una manifestación en CataluñaEFE

Cataluña

Varapalo de la Junta Electoral a TV3 por infringir la «neutralidad informativa» en un reportaje sobre Vox

  • Pese a la decisión de la Junta Electoral Central, no habrá sanción sanción para el medio de comunicación

  • Tildaba a la formación de «xenófoba» o de «neofranquista»

La Junta Electoral Provincial (JEP) de Barcelona ha «constatado» que la televisión pública catalana infringió la «neutralidad informativa» en un reportaje sobre Vox. En concreto, esta pieza se emitió en el Telenotícies Vespre de TV3 el pasado 20 de julio, durante la campaña de las generales. Así consta en el acuerdo de la junta que se ha hecho público este viernes. La Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (CCMA) puedo recurrirlo en las próximas 24 horas ante la Junta Electoral Central.

La decisión de la JEP responde a una denuncia presentada por Vox, que alegaba que, en el reportaje, que duraba unos seis minutos, además de acusar al partido de «neofranquista y xenófobo», se emitieron afirmaciones como «las premisas de Vox se basan en la mentira ...las mentiras repetidas continuamente y actitudes fanfarronas y agresivas». También se dijo que «Vox no ha querido juzgar el hecho de que en sus filas haya cabezas de listas con pasado en partidos de ultraderecha y neofranquistas.» Afirmaciones, decían desde Vox, que se hicieron con «un sesgo e intención descalificadora inconcebible para un medio público».

Pues bien, los jueces consideran que estas alusiones «expresan, sin disimulo alguno, una posición abiertamente contraria» a Vox, de las que valoran que pueden ampararse en la libertad de expresión e información pero no en el principio de neutralidad informativa.

También señalan que las expresiones del reportaje son incompatibles «con la necesidad de que todas las formaciones concurran en el proceso electoral en igualdad de condiciones», y creen que la emisión supuso una desventaja para Vox y, en consecuencia, un beneficio para el resto de formaciones.

No habrá sanción

Aun así, y a pesar de esta decisión, no se va abrir un expediente sancionador para TV3, porque está reservado para los casos más graves de conductas reiteradas en el tiempo o «para aquellos casos en los que haya mediado un requerimiento previo».

También descartan acompañar su decisión de un requerimiento a los responsables de TV3 para que no repitan informaciones similares, aunque esta declaración, reconocen los jueces, «debería conllevar» esta medida. Pero, añaden, «finalizada la contienda electoral, dicho requerimiento ha perdido toda utilidad».

Precisamente por la emisión de este reportaje, los responsables de Vox no permitieron que el equipo de TV3 accediera a su sede para seguir la noche electoral . Y tampoco permitirán que accedan a sus actos «hasta que no cese la actitud de linchamiento y manipulación» contra la formación.

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