La exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana, a su llegada a la Ciudad de la Justicia, en una imagen de archivo

La exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana, a su llegada a la Ciudad de la Justicia, en una imagen de archivoRober Solsona / Europa Press

Comunidad Valenciana

El juez procesa a Oltra a regañadientes, obligado por la decisión de la Audiencia

El titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha dictado ya el auto de procedimiento abreviado, en el que señala que lo hace por «imperativo legal»

«Por imperativo legal». Así ha procesado el titular de Instrucción 15 de Valencia a Mónica Oltra, exvicepresidenta de la Generalitat Valenciana, por el caso de encubrimiento de los abusos sexuales de su entonces marido, Luis Ramírez, a una menor tutelada por el Gobierno autonómico valenciano cuando ella era la número dos del Ejecutivo.

El juez acepta así, a regañadientes, el proceso a la exdirigente de Compromís, después de que la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia reabriese la causa contra la política nacionalista y otras 15 personas, «al apreciar indicios suficientes para encausarlas por su gestión en el caso de abusos sexuales a una menor tutelada».

Este movimiento se produjo después de que el Tribunal estimase parcialmente los recursos interpuestos por la acusación particular y de dos acusaciones populares, ejercidas por Vox y la asociación Gobierna-Te, revocando, así, el sobreseimiento provisional de las diligencias decretado el pasado 2 de abril por el Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia.

Ahora, el juez de instrucción, procesa a Oltra y a todo su equipo apenas 24 horas después de la respuesta dada por la Audiencia, a la que no puede negarse. El auto judicial señala que le da plazo a las acusaciones para que presenten sus respectivos escritos. En el procedimiento están la propia víctima, Teresa Tanco, Vox y una asociación en la que participa la exidirigente del partido de Santiago Abascal Cristina Seguí.

El juez archivó el caso el pasado mes de abril, apuntando a que, tras practicar las diligencias, los indicios del presunto encubrimiento de un caso de abusos sexuales de tal magnitud, se habían «desvanecido», siendo, a su entender, «meras sospechas, conjeturas o elucubraciones».

Una posición que contrasta sobremanera con la expresada por la Audiencia Provincial de Valencia, que además entiende que «no se denunciaron unos hechos graves ni se protegió a la menor tutelada por parte de quien tenía la obligación de hacerlo, colocándola por el contrario en una situación de riesgo, pues el educador que había cometido los abusos fue reincorporado a su puesto de trabajo en el centro de acogida», entre otras apreciaciones graves contra Oltra y la Consejería de Igualdad y Políticas Inclusivas que lideraba.

Un posible expediente delictivo

La Audiencia, de hecho, tampoco descarta que desde ese Departamento puedan descartarse el carácter delictivo de la decisión de abrir un expediente informativo, una vez que el asunto ya estaba judicializado, «con la finalidad de determinar la veracidad de las acusaciones efectuadas por la menor».

Un expediente que «parece dirigido a determinar la falta de credibilidad del testimonio de la menor, a la que se hace pasar, de manera indiciariamente ilegal, por una entrevista y una prueba pericial, cuando el asunto estaba ya judicializado, con la victimización secundaria que ello supone y con la finalidad indiciaria de desacreditar su testimonio o influir en su ánimo acusador», según puntualizan los magistrados en un comunicado.

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