El expresidente de la Generalitat Valenciana, Ximo Puig, junto a su consejera de Sanidad, Ana Barceló

El expresidente de la Generalitat Valenciana, Ximo Puig, junto a su consejera de Sanidad Ana Barceló

Anulan el cese de una enfermera que criticó la falta de medios frente al covid bajo el Gobierno de Ximo Puig

El juez determina que la profesional no infringió el estatuto del personal sanitario y cuestiona la gestión de datos personales por parte de la Consejería de Sanidad bajo la gestión de la socialista Ana Barceló

En una reciente sentencia, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Alicante ha anulado la sanción y el cese de una enfermera que criticó en redes sociales la falta de recursos en el Hospital Marina Baja durante la tercera ola de la pandemia de covid-19 bajo el Gobierno del socialista Ximo Puig. La profesional, conocida en redes sociales como Cris Luna, se enfrentó a una suspensión de funciones y un cese en su puesto tras sus declaraciones en enero de 2021.

El magistrado no ha encontrado «ninguna infracción» en las acciones de la enfermera según el Estatuto que rige al personal de los servicios de salud y cuestiona la gestión de datos personales por parte de la Consejería de Sanidad, entonces en manos de la socialista Ana Barceló, actual portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Alicante.

En enero de 2021, Cris Luna publicó un relato desgarrador en su perfil de Facebook describiendo la caótica situación que vivió durante un turno de noche en una planta del Hospital Comarcal de La Marina Baja, ubicado en Villajoyosa. En su mensaje, Luna detallaba cómo dos personas fallecieron en su planta por falta de espacio en la UCI y la imposibilidad de intubarlos, y cómo la presión y la desesperación marcaban el trabajo diario de los sanitarios.

«Confinamiento o muerte», comenzaba su publicación, describiendo las condiciones extremas en las que trabajaban sus compañeros y ella, enfrentándose a timbres que no dejaban de sonar y a pacientes en estado crítico clamando por ayuda. Su relato se viralizó rápidamente, compartiéndose miles de veces tanto por profesionales de la sanidad como por ciudadanos preocupados, y atrajo la atención de medios de comunicación a nivel provincial y nacional.

Sanción y cese

A raíz de sus declaraciones, en septiembre de 2022, la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad le impuso una sanción de dos años de suspensión de funciones por una falta «muy grave». Esta decisión fue ratificada en noviembre del mismo año por el subsecretario de la Consejería, que desestimó el recurso de reposición presentado por la profesional sanitaria. Finalmente, la enfermera fue cesada de su puesto en octubre de 2023.

Sanidad argumentó que la enfermera había violado el artículo del Estatuto Marco que regula al personal estatutario de los servicios de salud, que sanciona la divulgación inapropiada de datos relativos a los centros o la intimidad de los pacientes. Sin embargo, el juzgado encuentra que las acusaciones «no estaban suficientemente fundamentadas».

El juez critica la actuación de Sanidad

En su fallo, el magistrado concluye que «las declaraciones no infringieron el estatuto del personal sanitario». El magistrado destaca que los comentarios de la enfermera «eran de carácter personal, reflejando el miedo, la tristeza y el agotamiento que ella misma y sus compañeros estaban viviendo en primera línea de la pandemia». Según la sentencia, la sancionada «no divulgó datos personales de los pacientes, y su influencia pública era mínima, ya que no era una figura conocida ni tenía un gran número de seguidores en redes sociales».

El juez también critica la actuación de la Administración al considerar que «no le correspondía determinar la veracidad absoluta de las declaraciones de sus empleados» y sugiere que, ante situaciones similares, «se podrían emplear métodos más efectivos, como comunicados oficiales, en lugar de sanciones disciplinarias».

Filtración de datos por parte de Sanidad

Una de las partes más relevantes del escrito se centra en la posible violación de la legislación sobre protección de datos por parte de la Consejería de Sanidad. El juez identifica que la instructora y otros responsables del expediente disciplinario incorporaron datos sanitarios sensibles de más de cincuenta pacientes, algunos fallecidos, sin el permiso explícito de éstos o de sus familiares. Este manejo inadecuado de la información personal y médica es calificado por el juez como «la mayor filtración y difusión de datos personales y médicos que este juzgado ha conocido jamás».

El magistrado ha decidido poner en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos esta posible infracción, señalando que los datos aportados al expediente disciplinario eran «innecesarios» y deberían haber sido anonimizados.

La sentencia, que aún puede ser recurrida en apelación, ha sido recibida con alivio por parte de la comunidad sanitaria, que ve en ella un reconocimiento a la difícil situación que vivieron durante la pandemia y una protección de su derecho a la libre expresión en un momento en el que los profesionales sanitarios y los pacientes atravesaban una situación de extrema vulnerabilidad.

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