Investigación
Sánchez incumplió la ley para renunciar a la gestión de la catástrofe y cargársela ilegalmente a la Comunidad Valenciana
El presidente tenía la obligación de asumir el mando y la ley le exigía haberlo hecho con un simple decreto presidencial que ignoró adrede y le llevó a omitir medidas preventivas y de auxilio
«Si necesita más recursos, que los pida». La lapidaria frase de Pedro Sánchez encierra toda la estrategia seguida por el Gobierno para convertir la catástrofe meteorológica y humanitaria en la Comunidad Valenciana, y otras cuatro en menor medida, en un problema político para el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, y por extensión para su partido, el PP.
Pero encierra también la clave de una gestión catastrófica, de la que nadie sale indemne, con un primer y máximo responsable: el mismo que en la víspera del Día D estaba en la India e incumplió la ley para descargar en otra administración un mando que era suyo, no podía delegar y debía haber ejercido.
La polémica sobre quién tenía y tiene más competencias queda hoy resuelta con la documentación aclaratoria que aporta El Debate, demostrativa de que Pedro Sánchez renunció a un mando irrenunciable, que no podía delegar ni ignorar ni compartir y, sin embargo, despreció.
No necesitaba un Estado de Alarma ni activar al Ministerio del Interior declarando una «emergencia nacional», dos mecanismos con trámites parlamentarios más complejos o menos eficaces en un momento en el que las decisiones debían ser rápidas, ejecutivas y tajantes para paliar los estragos de la DANA y atender con urgencia sus consecuencias.
Y tampoco debía esperar a que la Generalitat valenciana solicitara pasar del estado de Alerta 2 a 3 para ceder un mando que ya era de la Moncloa, por mucho que la gestión de Carlos Mazón y su equipo sea también incompetente y esté rodeada de lagunas sobre su diligencia para gestionar los avisos, alertar a la población y, sobre todo, conocer la legislación para preguntarse por qué antes y después el Gobierno de España estuvo desaparecido.
Sánchez siempre tuvo el mando y no podía delegarlo: con un simple decreto debió anticiparse a la DANA y atender sus estragos
En realidad, a Sánchez le hubiera bastado con algo tan sencillo como aplicar la Ley de Seguridad Nacional, que no solo le da derecho a tomar los mandos de una catástrofe perfectamente definida en la legislación, sino que le obligaba a hacerlo, tal y como evidencia el estudio jurídico elaborado para El Debate por la consultora ITCD, con Julio Naranjo al frente del equipo que no deja dudas sobre la responsabilidad del presidente del Gobierno.
Todo el mando es de Sánchez
La situación sufrida en la Comunidad Valencia y, en menor medida, en Castilla-La Mancha, Cataluña, Andalucía e incluso Murcia requiere de unas competencias que le corresponden a Pedro Sánchez en exclusiva como jefe del Ejecutivo, según dispone el artículo 4.3 de la Ley 36/2015 de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional.
Esta Ley tiene por objeto definir el Sistema de Seguridad Nacional, que debe garantizar la unidad de acción, anticipación, prevención, capacidad de resistencia, coordinación y colaboración, en defensa del «superior interés nacional».
Esa encomienda legal en exclusiva al presidente del gobierno es la razón de que Pedro Sánchez promulgara el Real Decreto 1150/2021, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia de Seguridad Nacional 2021, que «es el marco político estratégico de referencia de la Política de Seguridad Nacional. Contiene el análisis del entorno estratégico, concreta los riesgos y amenazas que afectan a la seguridad de España».
Ya antes, en el 2019, siendo presidente del Gobierno Pedro Sánchez, por tanto, fue aprobada la Orden PCI/488/2019, de 26 de abril, por la que se publica la Estrategia Nacional de Protección Civil, avalada por el Consejo de Seguridad Nacional, con una exigencia:
«Para avanzar hacia una acción pública basada en esa seguridad humana, es preciso poner el foco en las políticas y servicios de protección civil, y en la importancia de considerar la diversidad de la sociedad sobre la que proyecta su actuación. Por este motivo, afrontar los nuevos escenarios y profundizar en la generación de una verdadera resiliencia social, exige de un enfoque estratégico que incorpore entre los factores potenciadores del riesgo aquellos condicionantes sociales, económicos o personales que pueden situar a las personas en una situación de especial vulnerabilidad ante las catástrofes y emergencias».
De este modo, el Gobierno de Sánchez elevó en el 2019 la Protección Civil a la categoría de elemento esencial para la Seguridad Nacional, competencia exclusiva del Presidente del Gobierno, que es asistido por el Consejo de Seguridad Nacional y el Departamento de Seguridad Nacional de Presidencia en Moncloa, además de por su propio Consejo de Ministros. Este esquema se recoge en la citada orden de 2019:
El apartado 4.1 del Capítulo 2 de la Orden de Pedro Sánchez ya hacía específica mención a las inundaciones como un factor de riesgo en el ámbito de la protección civil, resaltando que estas pueden presentar «importantes repercusiones sociales y económicas» y señalando como actuaciones prioritarias la de «Fortalecer los Sistemas de Aviso Hidrológico de los Organismos de Cuenca», con equipos y herramientas predictivas para inundaciones, especialmente.
Sánchez tiene todos los poderes, son indelegables y subordinan a todas las Administraciones ante una catástrofe que él mismo incluyó en su plan de Seguridad Nacional
En el caso concreto de esta DANA, la información recabada previamente por la AEMET o la Confederación Hidrográfica del Júcar, que hasta en su versión más benévola ya presagiaban una tragedia potencial sin precedentes, hubieran sido suficientes para que el Gobierno de España, con o sin la participación de la Generalitat, hubiese adoptado medidas preventivas en realidad sencillas: cerrar el tráfico por carretera, obligar a los ciudadanos a quedarse en sus casas e incluso evacuar los municipios con más riesgo de estragos.
Nada de eso se hizo desde que el 25 de octubre sonaran las primeras alarmas ni tampoco el domingo 27, cuando la Agencia Meteorológica difundió una «alerta especial», y ni siquiera cuando la tormenta estalló: en esos momentos cruciales, Pedro Sánchez estaba en la India o acababa de llegar; la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, en Bruselas, su secretario de Estado, Hugo Morán, en Colombia, y la directora general de Protección Civil, Virginia Barcones, en Brasil
Todo lo que pudieron haber hecho antes y después de la hecatombe se incluye en la Estrategia de Seguridad Nacional 2021. En ella, el Gobierno se extiende en explicar sus conceptos de Seguridad global, Transformación y Transición Ecológica, con una advertencia que cayó en saco roto cuando tuvo la ocasión de aplicarla: «La adaptación al cambio climático es básica para conseguir una resiliencia ambiental y ecológica que preserve la vida y el bienestar de la sociedad y el medio».
Esa «Biblia» de cómo aplicar la Seguridad Nacional según Pedro Sánchez, distinta a la que en 2017 impulsó Mariano Rajoy, subraya específicamente en su capítulo 3, dedicado a los «Riesgos y amenazas», situaciones idénticas a las vividas en el este de España y saldadas provisionalmente con 219 muertos y cientos de miles de afectados.
En concreto, insiste en las «emergencias y catástrofes» en general para detenerse específicamente en las inundaciones como uno de los principales «riesgos» para España, que hay que «mitigar» desde el mandato de «robustecer la resiliencia». El sistema creado por Sánchez presta especial atención, por ello, a la «acción frente a situaciones de crisis».
Con un diseño de responsabilidades y mando perfectamente definido en la Ley de Seguridad Nacional inaplicada, sin embargo, en el caso de la Dana: según su artículo 15, los poderes residen en el presidente del Gobierno, con una precisión absoluta de sus atribuciones: dirigir la política de Seguridad Nacional y el Sistema de Seguridad Nacional, proponer la Estrategia de Seguridad Nacional y sus revisiones y la más concreta para haber actuado antes y después de la catástrofe climatológica y humanitaria: declarar la Situación de Interés para la Seguridad Nacional.
Esa competencia exclusiva de Pedro Sánchez para gestionar una crisis queda también perfectamente definida en la legislación y encaja, como anillo al dedo, en los hechos sufridos por valencianos, y, en menor medida, manchegos, catalanes o andaluces.
Sánchez no necesitaba que Mazón le pidiera nada y ni siquiera un Estado de Alarma: le basta con declarar una Situación de Interés para la Seguridad
El apartado 2 del artículo 23 precisa cuáles son las circunstancias en que procede activar ese mecanismo e integrar a continuación a las autoridades regionales, al que en este caso se delegó una responsabilidad que no tenía, le venía grande y tampoco supo abordar Carlos Mazón, claramente desbordado por la falta de recursos, agravada por errores propios y de su equipo que le han colocado en una situación política delicada.
«La situación de interés para la Seguridad Nacional es aquella en la que, por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y transversalidad de las medidas para su resolución, requiere de la coordinación reforzada de las autoridades competentes en el desempeño de sus atribuciones ordinarias, bajo la dirección del Gobierno, en el marco del Sistema de Seguridad Nacional, garantizando el funcionamiento óptimo, integrado y flexible de todos los recursos disponibles, en los términos previstos en esta ley».
En otras palabras, a una emergencia nacional le correspondía obligatoriamente una respuesta nacional, sin esperar a que una Comunidad u otra reclamara la participación del Gobierno. Y esa decisión podía y debía haberse adoptado antes de que el «tsunami» arrasara pueblos y arrancara vidas, con y sin la Generalitat valenciana, con un mecanismo urgente a disposición de Sánchez que se negó a activar pese a estar legalmente obligado por las circunstancias, tal y como prevé el artículo 24:
«La situación de interés para la Seguridad Nacional se declarará por el Presidente del Gobierno mediante real decreto. La declaración incluirá, al menos: la definición de la crisis, el ámbito geográfico del territorio afectado, la duración y, en su caso, posible prórroga, el nombramiento, en su caso, de una autoridad funcional, y la determinación de sus competencias para dirigir y coordinar las actuaciones que procedan», reza literalmente la legislación.
Es decir, con un simple real decreto de Sánchez, sin necesidad de largos procesos parlamentarios, el Gobierno hubiera debido poner en marcha medidas preventivas primero y de auxilio después muy similares a efectos prácticos a un Estado de Alarma, pero en tiempo real.
Sin esperar a Carlos Mazón y poniendo a la Generalitat a sus órdenes. Algo que ya hizo, sin falsear el reparto competencial entre Administraciones y sin quitarse de en medio, cuando en septiembre de 2020 le impuso a la Comunidad de Madrid un cierre sanitario específico pese a la oposición de Isabel Díaz Ayuso.
La propia normativa aclara con precisión cuál es la posición de la Generalitat, que también ha fallado estrepitosamente al querer hacerse cargo de la situación y no conocer su papel real en la tragedia, definido en el apartado 2 del artículo 26 de la ley:
«Los instrumentos preventivos de los órganos de coordinación y apoyo del Consejo de Seguridad Nacional podrán activarse anticipadamente, para llevar a cabo el análisis y seguimiento de los supuestos susceptibles de derivar en una situación de interés para la Seguridad Nacional. A estos efectos, todas las Administraciones y organismos públicos estarán obligados a colaborar de conformidad con lo previsto en esta ley».
Pedro Sánchez tenía el mando, pues, y además no podía delegarlo ni renunciar a él, apelando arteramente a leyes, protocolos y reglamentos menores, superados por la ley hegemónica en la materia, definida por él mismo y olvidada a continuación.
Con casi una única obligación que, como el resto, ha incumplido: una vez activados los mecanismos previstos para proteger la Seguridad Nacional, el Gobierno debió informar «inmediatamente al Congreso de los Diputados de las medidas adoptadas y de la evolución de la situación de interés para la Seguridad Nacional».
De falacia en falacia
Lejos de eso, se limitó a señalar a la Generalitat, movilizó al general de la UME para repetir la falacia de que las competencias ante el desastre eran autonómicas, convocó gabinetes de crisis en balde, impulsó comparecencias institucionales de Sánchez para anunciar medidas económicas o militares pese a insistir en distanciarse de la dirección de la gestión y, en resumen, dimitió de sus responsabilidades, con la inestimable ayuda del propio Carlos Mazón, muy dañado por sus evidentes fallos también.
El presidente siempre estuvo facultado y obligado a actuar, antes y después de la catástrofe humanitaria, con y sin Mazón
Pero la ineficacia de uno, de Mazón, es una apreciación derivada de su confuso relato, de sus decisiones aparentemente tardías y de los mensajes casi sonrojantes de algunos miembros de su equipo. La omisión del presidente es, sin embargo, un hecho irrefutable con la ley en la mano, que le facultaba y obligaba a tomar todas las decisiones más allá de la opinión de las autoridades autonómicas.
Incluso a decidir quién, cómo y cuándo tenía que intervenir o desplazarse a las zonas afectadas con antelación a los hechos y después de ellos: «La determinación de los recursos humanos y materiales necesarios para afrontar la situación de interés para la Seguridad Nacional, previstos en los correspondientes planes de preparación y disposición de recursos, así como de otros recursos adicionales que se requieran en cada caso».
Sánchez sí activó un decreto para asaltar RTVE o una imposición unilateral sobre la Comunidad de Madrid en la pandemia
Solo el presidente del Gobierno podía y debía haber decidido cómo afrontar una crisis de evidente repercusión nacional, con cinco Comunidades Autónomas afectadas y una dimensión territorial, humana y económica sin precedentes históricos, con un decreto presidencial no muy distinto al que, el mismo martes del apocalipsis en Valencia, sí utilizó para convertir el Consejo de Administración de RTVE en una versión de su Consejo de Ministros, repleto de afines y adaptado a sus pactos con los partidos independentistas.
De hasta qué punto Sánchez era conocedor de sus competencias, que él mismo había desarrollado en su estrategia de Seguridad Nacional, da cuenta otro hecho que visto ahora con perspectiva resulta escalofriante.
En las mismas fechas en que impulsó el desarrollo concreto, punto a punto, de su hoja de ruta ante las amenazas a España, amparadas por la Ley de Seguridad de 2015, activó un simulacro de una catástrofe casi idéntica a la actual, situando al ministro del Interior al frente del llamado Puesto de Mando Operativo en nombre de Pedro Sánchez y con la UME desplegada a sus órdenes.
Huesca fue el lugar escogido para ensayar una catástrofe «por inundaciones» que la propia Moncloa bautizó de emergencia «de interés nacional» y Fernando Grande-Marlaska definió como un entrenamiento necesario para fortalecer el Sistema Nacional de Protección Civil, con una respuesta coordinada y eficaz entre los distintos niveles de la Administración en «interrelación» con el Sistema de Seguridad Nacional.
La omisión dolosa de Pedro Sánchez respecto de sus deberes en este sentido guarda una relación de causalidad directa, sin duda, con los estragos generados que tienen a toda España con el corazón en un puño y a cientos de miles de personas clamando contra un desastre que pudo prevenirse en buena medida y, desde luego, atenderse a continuación con una energía inexistente.