Varapalo a la Ley de Memoria de Ximo Puig: sentencian que las Cruces de los Caídos de Alicante son legales
El tribunal confirma que los monumentos de Alicante y Elche carecen de significado franquista y no deben incluirse en el catálogo de vestigios elaborado por el Gobierno de Ximo Puig
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha dictaminado que la Cruz de los Caídos de Alicante y la Cruz del Jardín de la Concordia, ubicada en el antiguo Paseo de Germanías de Elche, no vulneran la Ley de Memoria Histórica, dando así un varapalo judicial a la izquierda. Según el fallo, estos monumentos carecen de connotaciones franquistas tras haber sido resignificados, lo que excluye su inclusión en el Catálogo de Vestigios de la Guerra Civil y la dictadura aprobado en 2022 por el Gobierno de Ximo Puig.
El fallo ha sido recibido con satisfacción por el alcalde ilicitano, Pablo Ruz, quien defendió la cruz como símbolo de unidad y reconciliación. «Es una sentencia que respetamos profundamente y que nos parece muy positiva. El espacio que alberga el monumento está pensado para el encuentro y la celebración, para avanzar y construir», ha declarado Ruz en un comunicado tras conocerse la sentencia judicial.
El tribunal argumenta que cruces como la del Jardín de la Concordia, al no contener inscripciones ni elementos que exalten la dictadura, no deben considerarse vestigios franquistas. Así, la sentencia avala la permanencia de la Cruz de Elche y la Cruz de los Caídos de Alicante, ubicada en el cruce de la avenida Doctor Gadea con Maisonnave. Este monumento, erigido inicialmente en memoria de las víctimas del bando nacional tras la Guerra Civil, fue resignificado en 1987 durante el mandato del alcalde socialista José Luis Lassaletta, cuando se modificó su inscripción para dedicarlo «a todos los hombres y mujeres que murieron en defensa de sus ideales».
Según el tribunal, esta resignificación eliminó cualquier exaltación al franquismo, motivo por el cual su inclusión en el Catálogo de Vestigios aprobado en 2022 por el Gobierno del Botánico «no se ajusta a derecho». La resolución también destaca que, en casos como este, la Administración autonómica debe justificar adecuadamente la inclusión de elementos resignificados en dicho catálogo, algo que, según el TSJ, no se ha hecho.
La sentencia llega apenas tres semanas después de la inauguración oficial del Jardín de la Concordia, un espacio remodelado que pretende rendir homenaje a la Transición democrática y al primer alcalde de la democracia en Elche, Ramón Pastor. Durante el acto, al que asistieron más de mil personas, se descubrió un monolito en memoria del político socialista.
Además, la ceremonia contó con la presencia de Adolfo Suárez Illana, hijo del expresidente Adolfo Suárez, quien destacó el espíritu de consenso que representó la Transición: «Estoy aquí para rendir tributo con el corazón a un hombre del PSOE», señaló durante su intervención. La jornada concluyó con la apertura al público del refugio antiaéreo de la Guerra Civil, restaurado recientemente como espacio musealizado.
Críticas y divisiones
La permanencia de la Cruz en el jardín continúa generando división. Mientras que el Gobierno municipal, formado por PP y Vox, defiende el monumento como un símbolo de unión y concordia, los partidos de la oposición y colectivos vinculados a la izquierda lo consideran un vestigio antidemocrático.
Los últimos cuatro alcaldes socialistas de Elche, así como los ediles del PSOE y Compromís, boicotearon el acto inaugural en protesta por la decisión de conservar la cruz. Desde UGT y CCOO también criticaron la medida, argumentando que el monumento perpetúa «un símbolo contrario a los valores democráticos».
Por su parte, Aurora Rodil, portavoz de Vox, defendió la presencia de la cruz como parte de la identidad religiosa del espacio. «Hoy celebramos una victoria del bien sobre el mal», afirmó, encomendándose a Cristo Rey.
Un símbolo resignificado
La resignificación de la Cruz del Jardín de la Concordia es, según el Consistorio, un ejemplo de cómo reconciliar el pasado con el presente. No obstante, para algunas asociaciones vinculadas a la memoria histórica, el gesto «perpetúa un símbolo antidemocrático». Entre sus propuestas está sustituir la cruz por un monumento que conmemore exclusivamente a las víctimas republicanas.
Con esta sentencia, el TSJCV sienta un precedente sobre la interpretación de la Ley de Memoria Histórica en la Comunidad Valenciana, dejando claro que los elementos resignificados o carentes de alusiones al régimen franquista no deben ser considerados vestigios de la dictadura. La resolución se suma a otras decisiones judiciales similares en la región, consolidando un criterio contrario al discurso mantenido por los partidos de izquierdas que abogan por eliminar los monumentos del pasado.