
Un parque eólico en Lugo
El Tribunal Supremo anula una sentencia que ponía en jaque al sector eólico en Galicia
Establece que los parques que usan instalaciones de conexión compartidas no son un único proyecto
El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que despeja el futuro de muchos proyectos de la industria eólica en Galicia. El hecho de que dos o más instalaciones de parques «compartan instalaciones de conexión» no comporta, ineludiblemente, que se deba considerar «la existencia de un único proyecto de parque eólico a efectos de su evaluación medioambiental, sino que habrá que examinar en cada caso las circunstancias concurrentes».
El Alto Tribunal ha hecho pública una nota informativa en la mañana de este viernes en la que explica que ha revocado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que había anulado el acuerdo que autorizaba el parque eólico de Campelo (ubicado entre los ayuntamientos de Coristanco y de Santa Comba). Lo hace porque considera que «se aparta de la doctrina jurisprudencial referida y no es ajustada a Derecho».
Este fallo, que establece jurisprudencia, es de vital importancia para el sector eólico porque ha determinado que la instalación de parques que comparten instalaciones de conexión no pueden considerarse sistemáticamente como un único proyecto a efectos de su evaluación ambiental.
De este modo, ha delimitado el concepto de fragmentación, que ha generado polémica en los últimos años y al que han apuntado varias asociaciones ecologistas. Los magistrados consideran que «habrá que examinar en cada caso las circunstancias concurrentes, a la luz de la normativa y de la jurisprudencia aplicables».La implantación de parques eólicos en Galicia vive envuelta en polémica desde hace años. El Tribunal Superior de Justicia gallego ya ha acordado la suspensión cautelar de más 60 parques eólicos que contaban con autorización.
Desbloquear otros 64 parques eólicos
El departamento de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia ha emitido un comunicado en el que muestra su «satisfacción» por la sentencia sobre «la correcta tramitación del parque eólico de Campelo» porque «resuelve que el Ejecutivo gallego realizó la tramitación ambiental conforme a la ley para su autorización».
«Esta sentencia judicial abre la puerta a levantar el cierre de otros 64 parques eólicos decretado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ante 120 recursos», afirma el Ejecutivo autonómico.
Medio Ambiente indica que, de esta forma, queda avalada «la evaluación ambiental individual e independiente realizada por el Ejecutivo gallego a los distintos parques a través de la vía ordinaria», considerando, como hizo la Administración autonómica, «que los parques son independientes pese a compartir conexiones».