Veladores en la Plaza de la Corredera

Veladores en la Plaza de la CorrederaLVC

Abierto el plazo para la renovación o solicitud de licencias de veladores

Los plazos finalizan el 31 de diciembre y el 28 de febrero de 2025, según el tipo de licencia

Desde el pasado día 1 de octubre, la Gerencia Municipal de Urbanismo ha abierto el plazo para la renovación y presentación de nuevas solicitudes de licencias de ocupación temporal de espacios exteriores con veladores.

En este sentido, y según lo previsto en el artículo 2 de la Ordenanza Municipal de Veladores, se establecen los siguientes plazos:

Desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2024 deberán presentar su solicitud aquellos establecimientos que ya obtuvieron licencia en el año 2024 o prórroga del año anterior y pretendan ocupar el dominio público durante todo el año 2025, con idénticas características en todos sus extremos al año anterior (artículo 26.3 de la Ordenanza Municipal de Veladores) debiendo emplear el modelo de renovación de licencia debidamente cumplimentado.

También deberán presentar su solicitud aquellos establecimientos que no obtuvieron licencia en 2024 o que la obtuvieron, pero tienen previsto solicitar una ocupación diferente a la autorizada y pretendan ocupar el dominio público durante todo el año, debiendo emplear en este caso el modelo de solicitud de licencia de instalación de terraza debidamente cumplimentado.

Igualmente, aquellos establecimientos que se encuentren en las Zonas de Ordenación Conjunta y pretendan ocupar el dominio público, sea cual fuere el período en el que se pretenda instalar la terraza, periodo anual o de temporada, debiendo emplear el modelo de solicitud de Renovación o de Licencia Nueva según lo expuesto en los apartados anteriores.

Dentro del plazo comprendido desde el 1 de enero hasta el 28 de febrero de 2025 deberán presentar su solicitud aquellos establecimientos que se encuentren fuera de las Zonas de Ordenación Conjunta y soliciten licencia de temporada (1 de abril A 31 de octubre), debiendo emplear el modelo de solicitud de Renovación o de Licencia Nueva según lo recogido en los apartados anteriores.

Zonas de Ordenación Conjunta

Acerca de las Zonas de Ordenación Conjunta para el ejercicio 2025, el listado que se adjunta podrá ser susceptible de ampliación a otras zonas de la ciudad en caso de detectarse, a lo largo del año, conflictos en el uso de los espacios públicos con las terrazas y requiera para su solución un análisis más detenido del reparto y distribución de los veladores entre distintos establecimientos. Este listado comprende las siguientes zonas:

Plaza de las Tendillas, Cruz Conde, Historiador Díaz del Moral, Morería, Conde de Cárdenas, María Cristina, García Lovera, Victoriano Rivera-La Plata-Mármol de Bañuelos, Capitulares, Diario de Córdoba, Claudio Marcelo, San Fernando, Plaza de la Corredera, Plaza de San Miguel, Pastores, Plaza de San Ignacio de Loyola, Plaza del Escudo, Córdoba de Veracruz, Plaza de la Trinidad, Avenida del Gran capitán, Bulevar del Gran Capitán, Avenida Ronda de los Tejares, Plaza Flor del Olivo, Avenida de la Libertad, Avenida Al-Nasir, Agrupación de Cofradías, Ronda de Isasa, Paseo de la Ribera, Enrique Romero de Torres, Plaza del Cardenal Salazar, Plaza de Judá Leví-Manríquez, Puerta de Almodóvar, María La Judía, Dolores Ibárruri, Poeta Juan Ramón Jiménez- Poeta Emilio Prados (Tablero), Avenida de Barcelona, Plaza de la Oca, Plaza del Moreal, Avenida del Aeropuerto, Plaza de Costa Sol, Antonio Maura, Camino de los Sastres, Plaza de Matías Prats, Plaza de los Califas, Isla Fuerteventura, Isla Formentera y Avenida del Cairo.

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