Ciudad de la Justicia de Córdoba

Ciudad de la Justicia de CórdobaEuropa Press

Condenados en Córdoba a 14 años de cárcel los padres que maltrataron e intentaron matar a su bebé

Ambos deberán indemnizar con 15.079,80 euros a la Junta de Andalucía, que asumió la tutela de la menor tras ser declarada en desamparo

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a catorce años y tres meses de prisión a los padres acusados de intentar acabar con la vida de su hija y someterla a malos tratos cuando esta tenía entre dos y tres meses de edad. Los hechos ocurrieron en una localidad de la provincia y la sentencia fue dictada el pasado 31 de marzo. Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Según el fallo, ambos progenitores son culpables de un delito de homicidio agravado —al tratarse de una víctima menor de 16 años— en grado de tentativa, con la agravante de parentesco, por lo que deberán cumplir once años y tres meses de prisión. También se les impone la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 500 metros de la menor durante quince años. Además, por un delito de maltrato habitual en el ámbito de la violencia doméstica, han sido condenados a tres años de cárcel, seis años de alejamiento y comunicación con la víctima, así como a la inhabilitación especial para ejercer la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante cinco años.

En concepto de responsabilidad civil, deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a la Consejería de Inclusión Social, Juventud e Igualdad de la Junta de Andalucía con 15.079,80 euros, ya que fue esta Administración la que asumió la tutela de la menor tras ser declarada en situación de desamparo.

Por el contrario, los magistrados han absuelto a los acusados de los delitos de asesinato en grado de tentativa, lesiones agravadas, abandono de familia y contra la salud pública, cargos por los que también fueron juzgados el pasado 17 de marzo en una vista celebrada a puerta cerrada.

El tribunal considera probado que los padres, en prisión provisional desde el 7 de marzo de 2023, habían convivido como pareja en una vivienda junto a su hija, nacida de forma prematura a las 28 semanas de gestación el 4 de diciembre de 2022. La bebé permaneció ingresada en el hospital hasta recibir el alta el 28 de enero de 2023. A partir de ese momento, y debido al llanto persistente y a las dificultades de sueño y alimentación que presentaba la menor por su prematuridad, ambos progenitores, actuando de común acuerdo y siendo conscientes de su indefensión, comenzaron a agredirla físicamente de forma reiterada, tirándole con violencia de las extremidades, golpeándola y causándole lesiones por fricción, todo ello con desprecio consciente por su vida.

Maltrato, riesgo y desamparo

Fue el 6 de marzo de 2023 cuando la abuela paterna, al observar que la bebé tenía el rostro hinchado y heridas que le impedían abrir los ojos, decidió que debía ser trasladada al hospital. Para ello contactó con el abuelo paterno y con su hijo, y un amigo de la familia llevó a los padres y a la menor al centro sanitario. Allí fue ingresada con pronóstico grave, presentando fracturas costales, hematomas en la cara y otras lesiones compatibles con malos tratos continuados, que podrían haber resultado mortales de no haber recibido atención médica.

El tribunal subraya que, desde el 28 de enero hasta el 6 de marzo de 2023, la menor vivió en situación de riesgo y desamparo, pese a las alegaciones de las defensas. Aun calificando los hechos como «atroces», los magistrados estiman que deben encuadrarse como homicidio agravado en grado de tentativa, y no como tentativa de asesinato, al no haberse producido un ataque alevoso.

Respecto al delito contra la salud pública que también se imputaba al padre, por un positivo en cocaína detectado en orina de la menor el 6 de marzo de 2023, la Audiencia lo absuelve al considerar que no se ha aportado prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia. El acusado negó haber consumido o administrado cocaína en presencia de su hija, y esta versión fue respaldada por la madre. Además, el médico forense explicó que el positivo podría deberse a exposición ambiental, sin poder confirmar una vía directa de suministro. Ante esta «duda más que razonable», la sentencia declara su absolución por este cargo.

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