Las chanclas y la conducción no combinan bien

Las chanclas y la conducción no combinan bien

Práctico

Un agente de la Guardia Civil aclara de una vez por todas si se puede conducir con chanclas

Se trata de una de las dudas más habituales de esta época del año, por encima de todo debe prevalecer la seguridad de los ocupantes de un vehículo

Las vacaciones siempre llegan acompañadas de la canción del verano y de una pregunta que antes o después asalta a todos los conductores: «¿se puede conducir con chanclas?».

Más allá de las respuestas del cuñado más cercano que suelen caracterizarse por tener escasa base legal, la realidad es muy diferente a la que podría pensarse, sobre todo si tenemos en cuenta esta publicación realizada en redes sociales por la Guardia Civil en la que un agente de tráfico trata de arrojar luz sobre el asunto.

Se puede, pero...

Si nos quedamos con el audio del agente la respuesta es clara: «sí se puede», pero tal y como es habitual en este tipo de casos existe una coletilla que no deja las cosas tan claras como cabría pensar.

El agente deja el asunto a la consideración de cada caso

El agente deja el asunto a la consideración de cada caso

«Sí se puede salvo que el uso de este calzado interfiera en la conducción y pueda provocar un accidente», una frase con la que el agente deja abierta la posibilidad de que quede al arbitrio propio el poder sancionar el hecho de conducir con chanclas o cualquier otro tipo de calzado que pueda interferir en la conducción.

Con la ley en la mano

Se trata de un hecho que recoge el artículo 18 del Reglamento de Circulación, que explica con toda claridad que «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía».

Las chanclas y los pantalones cortos están en el punto de mira

En motor circular con chanclas es aún más grave

Este artículo se puede aplicar a casi todas las infracciones que los agentes de tráfico no saben como calificar en carretera, desde usar pegatinas en los cristales del coche a circular con gorra.

De lo contrario el agente puede valorar sancionarnos con entre 80 y 200 euros de multa, en función de que lo considere una infracción leve o una infracción grave dependiendo de las circunstancias.

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