Cartas al director
Ángel Gabilondo, ¿con qué autoridad?
La Ley Orgánica del Defensor del Pueblo excluye de entre las funciones de Ángel Gabilondo la de investigar abusos que no sean los cometidos en una administración pública. Es decir, Ángel Gabilondo no tiene cobertura legal para investigar responsabilidades dentro de la Iglesia Católica, que no es administración pública. Tales atribuciones corresponden a los jueces y magistrados, también a los fiscales. Le reto al Defensor a que me diga con qué autoridad, con qué cobertura legal, está gastando fondos públicos para investigar casos de pederastia en la Iglesia Católica. En España, como dice siempre el doctor Pedro Sánchez, nadie está por encima de la ley.
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