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Cartas al director

El fiscal general del Estado

Un reciente artículo de un famoso juez ya retirado, también antiguo político nacional y local, me ha sorprendido por la sabiduría que cabría suponer que guarda. El escrito trataba sobre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el fiscal general del Estado, los fiscales en general, y aunque no los cita en su artículo, quizá habría que incluir a los abogados del Estado. No estando de acuerdo con el texto, que hallo en exceso politizado, por dar un papel a los fiscales demasiado próximo al gobierno, busco respuestas.

El artículo 124 de la C.E. dice: «El Ministerio Fiscal … tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés nacional».

A mi modesto entender las funciones encomendadas a los fiscales están claramente al margen del Gobierno, de cualquier Gobierno, pues se deben a la legalidad, a los ciudadanos y al interés público. Ni siquiera el interés público lo marcaría la mayoría del Congreso, porque en todo caso está tutelado por la ley. Cabe esperar que la fiscalía actuando como se le marca tenga que actuar alguna vez contra el Ejecutivo, y no siguiendo sus instrucciones.

Sería interesante saber la opinión de los expertos sobre estas graves cuestiones, y compararlas con el texto aludido al inicio.

Luciano Ibáñez Dobón

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