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30 de junio de 2024

Cartas al director

¿Debe sancionar el Rey la Ley de Amnistía?

Habiéndose ya tramitado la Ley de Amnistía y publicada oficialmente en el Boletín Oficial de Las Cortes Generales, sólo falta la sanción del Jefe del Estado para, posteriormente, se publique en el BOE, y pueda estar en vigor, con independencia de las posibles cuestiones de prejudicialidad ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por parte del Tribunal Supremo que paralizará por Ley su eficacia. Ahora bien, si analizamos el contenido del artículo 62 de nuestra Constitución, podemos ver que entre las funciones constitucionales del Rey está la siguiente: «Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales».

Hay un principio general del derecho que dice que el que puede hacer lo más también puede hacer lo menos. Pero resulta que una amnistía es jurídicamente superior a un indulto general, que no está autorizado. Es decir si no puede el Rey autorizar un indulto general, ¿como puede autorizar una Amnistía?

Hay un sector de la doctrina que dice que el Rey no es competente para rechazar una Ley aprobada por Las Cortes y que su responsabilidad está salvada por el refrendo de los ministros correspondientes. Pero, si la Constitución le prohíbe expresamente autorizar algo menor como es un indulto, me parece que tenga la obligación de sancionar una amnistía, es como menos algo muy forzado.

De todas formas, también es verdad que el constituyente cometió el error de no haberse pronunciado sobre la legalidad de una amnistía en España, algo comprensible porque a nadie con sentido común se le podía pasar por la cabeza que esto pudiera ocurrir en un futuro, y menos en un Estado social, democrático y de derecho, perteneciente a la Unión Europea. La amnistía no es perdón sino reconocimiento de una injusticia y arbitrariedad cometido por el Estado frente a determinados delitos graves, es decir, un olvido y un borrón y cuenta nueva.

Una papeleta muy grave para El Rey. Como poco, los Servicios Jurídicos de la Casa Real deberían, previamente, asesorar a Su Majestad en este espinoso asunto que va a tener graves consecuencias jurídicas e implicaciones para los españoles. Algo que si es factible y del todo conveniente.

Julio José Elías

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