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La ministra de Igualdad, Irene Montero y la secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, Ángela Rodríguez Pam

La ministra de Igualdad, Irene Montero, y la secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez PamEuropa Press

Un hombre que se declare trans condenado por agresión sexual a una mujer «cumplirá la pena en una prisión femenina»

El polémico caso de Isla Bryson en Escocia, que precipitó la caída de Nicola Sturgeon, podría repetirse en España, según algunos juristas

Nicola Sturgeon dimitió como ministra principal de Escocia la semana pasada por varios factores. Uno de ellos fue la polémica surgida como consecuencia de su ley trans, que provocó un choque con las instituciones del Reino Unido y levantó una intensa polvareda con un caso concreto.

Se trata de Isla Bryson, la transexual que, siendo aún hombre, violó a dos mujeres y, para cumplir condena, se le ingresó en una prisión femenina. Teniendo en cuenta que su propio entorno le acusaba de transicionar para burlarse de la ley, Bryson duró tan solo 48 horas en la cárcel de mujeres y la propia Sturgeon tuvo que salir a dar explicaciones.

La pregunta ahora está en si algo parecido puede suceder en España. Algunos de los juristas consultados por este medio ven «arriesgado» hablar de ese asunto al no haber jurisprudencia, por lo que rechazan hablar de «futuribles». Sin embargo, otros no descartan que un caso similar pueda ocurrir en nuestro país.

Una ley «incompleta e insuficiente»

María Lancho Cáceres, abogada especializada en Derecho penal y violencia de género, comenta que lo único que recoge la ley es que se van a mantener las resoluciones previas al cambio de sexo en el registro civil. Esto, según Lancho, es «como no decir nada» y recalca que este tipo de leyes necesitan «un montón de desarrollo reglamentario».

Asimismo, destaca otras incongruencias de la norma. Pone el ejemplo de un hombre que agrede a su mujer. Se considera violencia de género y le condenan por ello. Sin embargo, continúa con esa pareja, se cambia de sexo y la sigue agrediendo con la misma fuerza que antes. En ese caso, añade la letrada, «ya no es violencia de género», a pesar de tratarse de la misma persona y la misma complexión física.

Por tanto, cree que la ley es «incompleta e insuficiente», que debería ser «un poco equilibrada y más comedida, ya que hay determinadas cosas que no están resueltas».

El proceso legal

Emilio San Miguel Laso, director del bufete San Miguel & Abogados, cree que se podrían dar situaciones comprometidas. Con la nueva ley, se suprime la obligación de presentar un informe médico, psicológico o la previa modificación de la apariencia para realizar el cambio registral oficial de la identidad de género de un sujeto, por lo que «se facilita notablemente el procedimiento».

De esta forma, si la persona tiene 16 años o más podrá comparecer ante el registro y solicitar el cambio sin tutelas médicas ni judiciales y, en un plazo máximo de tres meses, el sujeto deberá comparecer nuevamente y ratificar la persistencia de su decisión.

Tras este procedimiento burocrático, el cambio se habrá hecho efectivo y, a ojos de la ley, la persona pasará a pertenecer al otro género. Según recalca el letrado, «la rectificación registral permitirá a la persona ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición».

No obstante, matiza que la rectificación de género femenino a masculino, y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán el régimen jurídico y los derechos recogidos en la Ley Orgánica 1/2004, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Además, en todas las situaciones previas al cambio registral, la persona de sexo masculino que pase al femenino quedará, según el abogado, «excluida de las medidas de acción positiva adoptadas específicamente en favor de las mujeres por la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres». Para las posteriores, sin embargo, dichas acciones sí que tendrán cabida.

El jurista concluye, por tanto, que un sujeto de sexo masculino que haya sido acusado de un delito de agresión sexual y «que inste el cambio registral a la condición de sexo femenino, si finalmente resulta condenado, deberá cumplir la pena en una prisión de mujeres o módulo destinado a las mismas».

Prisiones esperará a aplicar la ley

Unos días después de la votación en el Congreso de los Diputados, Instituciones Penitenciarias anunció que esperaría a la publicación en el BOE de la ley trans para estudiar si tiene que cambiar su instrucción 7/2006, que regula en las cárceles cuestiones como la asignación de módulos y cacheos de personas transexuales, así como cambios de nombre o el acceso a las instalaciones de uso colectivo con vistas a facilitar un «internamiento adecuado», teniendo en cuenta los «preceptivos informes de valoración médica y psicológica» de cada caso.

Ahora, a las puertas de su publicación, Prisiones retrasará su puesta en marcha hasta que los expertos hayan analizado el impacto del texto en prisión y elaborado un dictamen sobre cómo incluirla entre las que regulan ya la vida penitenciaria, según publica The Objective.

Esto solo evidencia lo delicado del tema y lo complicado que será aplicar la nueva norma sin que se produzca una polémica similar a la de Escocia, haciendo que delincuentes sexuales terminen en cárceles de mujeres.

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