Tribunales
Campo no se abstiene en el recurso de la eutanasia y el CGPJ alegando que son leyes del PSOE y no del Gobierno
El exministro de Justicia junto con el actual Ejecutivo de Pedro Sánchez ha rechazado apartarse de ambas causas, asegurando su participación en dos de los temas de mayor relevancia política en el TC
Desde el pasado 25 junio de 2021, en España es legal la eutanasia gracias a una ley socialista, según la cual «la prestación de ayuda para morir está incluida en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud y es de financiación pública» en nuestro país. Un texto que, más allá de los dilemas morales y bioéticos, es inconstitucional para Partido Popular y Vox, tal y como ambas formaciones sostienen en sendos recursos planteados ante el TC que esta semana ha comenzado a deliberar sobre la materia. Un debate del que no se ha abstenido el exministro de Justicia y actual magistrado del Pleno del órgano, Juan Carlos Campo, alegando que al tratarse de una norma emanada de una proposición de ley, y no de un proyecto del mismo rango, fue obra del grupo parlamentario socialista, esto es del Legislativo, y no del Ejecutivo del que él formaba parte durante su tramitación.
Un argumento que, según ha podido saber El Debate, ha suscitado críticas en el seno de la Corte de Garantías. La «interpretación restrictiva» que Campo ha aplicado para mantenerse en el caso –la misma en el recurso planteado contra la limitación de funciones y el veto a los nombramientos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)– juega en unos «márgenes discutibles» de imparcialidad ya que «en la práctica, siendo diputado, como miembro del Gobierno» por aquel entonces, resulta «difícil deslindar» la afectación de las decisiones del PSOE en clave de votación parlamentaria de aquellas con las que el propio Ejecutivo avaló a su grupo.
Para los populares, que han recurrido al Constitucional, la ley no sólo ataca el derecho fundamental a la vida sino que distorsiona el consenso político y social que se demanda en la aprobación de una nueva norma de semejante calado y consecuencias, así como infringe un derecho sustancial recogido en el artículo 15 de la Constitución y en el artículo 2 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos. Por su parte, Vox mantiene que es un triunfo de la cultura de la muerte y supone «una derrota de la civilización».
Un Pleno dividido y sin ponencia
Sea como sea, esta misma semana, el TC ha arrancado con la discusión jurídica del texto español que regula el derecho a la eutanasia para quienes sufran «una enfermedad grave e incurable» o un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante» que afecte a la autonomía y que genere un «sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable». Y lo hace dividido, sin una ponencia como tal y sobre la base de un índice de cuestiones a tratar para resolver una de las causas más políticas encomendadas a la Corte.
El Pleno del órgano de Garantías admitió a trámite los recursos de inconstitucionalidad, por providencia de 16 de septiembre de 2021, promovidos por más de cincuenta diputados de los Grupos Parlamentarios Popular y de Vox en el Congreso, contra la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación del mal llamado derecho a morir.
Sólo una vez que, con carácter previo a la discusión técnica, el Constitucional resuelva la colección de abstenciones y recusaciones agendadas en el orden del día del cónclave, que se celebra desde este martes, contra el exministro de Justicia Juan Carlos Campo y la ex alto cargo de Moncloa y de la Generalitat Laura Díez, los once magistrados podrán entrar en el fondo de la ley de la eutanasia.
Y ello teniendo en cuenta que el Tribunal ya ha inadmitido las tachas promovidas por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y del Grupo Parlamentario Ciudadanos contra ambos, en esta nueva causa por la vida. El Pleno de la Corte, con mayoría de izquierdas, encabezado por Cándido Conde-Pumpido, ha rechazado la petición de apartar a los magistrados, evitando así mermar los efectivos disponibles para validar la iniciativa legislativa del PSOE, al entender que las recusaciones fueron presentadas «de manera extemporánea».
Esto es que de acuerdo con el plazo previsto, de 10 días, el tiempo para hacerlo finalizaba el pasado día 23 de enero de 2023 mientras que los escritos de recusaciones se presentaron una semana más tarde, el 31 de enero. Un cuestión de forma que choca frontalmente con la «posibilidad ilimitada» de que Campo pueda apartarse de la deliberación de un texto legal polémico, «sin fecha de caducidad» para ello aunque, por el momento, no se haya producido su autoexclusión, ni parece que vaya a producirse.