Ley de Información Clasificada
La nueva versión de la ley de secretos no elimina la facultad de censura del Gobierno
Los periodistas que publiquen una información clasificada, aunque desconozcan su catalogación, se enfrentan a multas de hasta 3 millones de euros. El ministerio de Bolaños controlará la protección de la materias calificadas como secreto
El Gobierno tiene en el cajón desde el pasado mes de agosto el anteproyecto de la Ley de Información Clasificada, que sustituye a la actual ley de secretos oficiales, publicada en 1968. La legislación que pretende aprobar el Ejecutivo de Pedro Sánchez –que ha sido duramente criticada por las asociaciones de la prensa– deroga por completo una de las pocas leyes que siguen vigentes desde la época de Franco, y que ha resistido a los Gobiernos de la UCD, el PSOE y el PP.
Ley de Información Clasificada
Las claves de la censora Ley de Información Clasificada que prepara el Gobierno
Así, la nueva versión que el Gobierno ha enviado al Consejo de Estado no modifica de manera sustancial los puntos más polémicos de la norma. La actual ley de secretos obliga a que, si una materia clasificada llega a una persona, «siempre que le conste esta condición, está obligada a mantener el secreto y entregarla a la Autoridad civil o militar más cercana y, si ello no fuese posible, a poner en conocimiento de ésta su descubrimiento o hallazgo». Además, solo castiga –mediante el Decreto de 1969– al personal «adscrito a los Servicios de Protección de Materias Clasificadas» o cualquier otro «al servicio de la Administración» cuando difundan o publiquen materias clasificadas.
La postura censora del Gobierno
Por lo tanto, hoy en día los profesionales de la información tienen vía libre para difundir las materias que estén clasificadas como secreto si las consiguen tras una investigación periodística. Sin embargo, la norma impulsada por el Ejecutivo de Sánchez impone sanciones «muy graves» –de entre un millón y tres millones de euros- cuando por ejemplo se difunda información calificada como Alto Secreto o Secreto, aunque se haya tenido acceso a ella de manera «fortuita» y «sin necesidad de conocer», o si se reproduce o copia sin autorizada.
Además, el Gobierno de coalición instituye en la norma la figura de la «Autoridad Nacional para la protección de la información clasificada», que es ejercida por el Ministerio de la Presidencia, cuyo titular es Félix Bolaños. Así las cosas, la custodia de la información clasificada pasa de estar controlada por el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), a estarlo por un miembro del Ejecutivo, que podrá decidir arbitrariamente si un asunto ha de ser conocido por el Congreso de los Diputados o por alguien de fuera de la Cámara.
Las novedades de la Ley
La nueva versión de la Ley de Secretos Oficiales cambia dos aspectos respecto a la redacción que se conoció en agosto de 2022. En el primer anteproyecto se otorga la facultad de clasificar, desclasificar y recalificar la información que corresponde a las categorías de «Confidencial» y «Restringido» a varias autoridades; el presidente del Gobierno, los titulares y secretarios de Estado de los diferentes ministerios, los directores de la Policía y la Guardia Civil, o las entidades autonómicas competentes en materia de policía, entre otros. Ahora solo los miembros del Gobierno pueden ejercer esta prerrogativa, como ocurre con la legislación vigente.
Asimismo, la versión original prevé que la información de Alto Secreto se desclasifique a los 50 años (prorrogables por 15 más), y la de Secreto a los 40, (prorrogables por 10 más). No obstante, la versión enviada al Consejo de Estado determina un máximo de 45 años para Alto Secreto, y la de Secreto por 35, ambos prorrogables 15 y 10 años respectivamente.