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Álvaro García Ortiz y Ángeles Sánchez Conde, el día de la toma de posesión de ésta

Álvaro García Ortiz y Ángeles Sánchez Conde, el día de la toma de posesión de éstaEFE

Tribunales

Los «indicios de delito» que comprometen a la Fiscalía en la querella del novio de Ayuso

La Fiscalía General ha tratado de evitar que sea admitida pero hasta 18 fiscales y dos magistrados consideran, por el momento, que hay motivos para investigar lo ocurrido

Un total de 15 miembros de la Junta de fiscales de Sala del Supremo consideró este miércoles, en la reunión del Pleno extraordinario convocado por la número dos de la Carrera, la teniente fiscal Ángeles Sánchez Conde, que se dan «incidios» que revisten «caracter de delito» para investigar –y esclarecer– lo ocurrido con el Ministerio Público, en el asunto de la querella presentada por el novio de Isabel Díaz Ayuso.

La divulgación de los datos personales de un particular, contenidos el marco de la negociación para un pacto de conformidad en una investigación tributaria, a través de una nota de prensa emitida por la Fiscalía Provincial de Madrid, hacía saltar las alarmas en el seno de la institución y llevaba a toda una fiscal Superior, Almudena Lastra; y, posteriormente a la fiscal del asunto, María de la O Silva y su responsable jerárquico directo, Carlos Ruiz Alegría, a dar la batalla –previa activación del mecanismo de cnflicto previsto en el artículo 27 del Estatuto Orgánico (EOMF)–, negándose a cumplir las órdenes dadas para aplacar el escándalo al entender que las mismas eran «improcedentes».

Además, esta misma semana, y como publicó El Debate en exclusiva, el juez instructor del número 28 de Madrid, elevaba una exposición motivada al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) para pedirle que se hiciese cargo de la causa, instada por el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), con base en los mismos hechos, al entender que se daban indicios de un delito de revelación de secretos y que, en consecuencia, lo procedente pasa por investigar la filtración de datos confidenciales de la pareja de Díaz Ayuso, Alberto Gonzále Amador, por parte del Ministerio Fiscal.

Así las cosas, el magistrado Jaime Serret, en contra del criterio de la Fiscalía, que ya ha informado en ambos casos a favor del archivo de las querellas, sostiene ante el TSJM, donde se han acumulado ambas, que el hecho de que fuese la Fiscalía la que confirmó que el abogado del novio de Díaz Ayuso había reconocido «la autoría del González Amador de la comisión de dos delitos contra la Hacienda Pública por el impuesto de sociedades 2020 y 2021», es una situación que no debió darse.

Y es que ello, pudo «perjudicar el derecho de defensa del investigado en el proceso penal que la Fiscalía sabía que se iba a incoar pues, como indica la propia nota, la denuncia elaborada por el fiscal de Delitos Económicos», Julián Salto –uno de los dos querellados por la pareja de la presidenta madrileña– «se había remitido el 20 de febrero de 2024 al Juzgado Decano para su reparto entre los Juzgados de Instrucción de Madrid», releja el juez Serret en su escrito.

El fiscal Salto se ha convertido, sin quererlo, en la pieza clave del caso porque a él es a quien, «en un momento dado, le piden que remita los emails» cruzados con el abogado del investigado, según señalan a este diario fuentes del Ministerio Fiscal. «El dato relevante es saber quién y cuándo se lo pide» porque, sólo conociendo esto, «se podrá demostrar cuánto tiempo transcurrió entre que el fiscal cumple la orden recibida y se filtra la información» y, por tanto, también «quién la filtró», añaden. «Como mínimo esto es lo que se debería indagar y lo que, en el fondo parece haber llevado a la Fiscalía General del Estado a oponerse a la admisión de la querella» que, por otra parte, el TSJM se inclina por admitir.

De hecho, en el marco de la Junta de Fiscales de Sala celebrada esta misma semana para fijar un criterio, que es preceptivo pero no vinculante en el caso de discrepancias, no sólo se examinó la autoría y difusión de la nota de prensa en sí misma, sino la filtración de los documentos en los que se contenían las conversaciones mantenidas entre el fiscal Salto y el letrado del novio de Díaz Ayuso.

Detalles del caso que no eran conocidos

«La nota informativa de la Fiscalía aporta detalles del caso que no eran conocidos, revelando aspectos que no habían sido objeto de difusión previa por los medios de comunicación», abunda en esta línea, por su parte, el magistrado instructor del número 28 de Plaza Castilla, en su exposición motivada al TSJM. Ésta es una de las «líneas para el avance judicial de la causa que, si se admite», como todo apunta que sucederá, «puede complicar mucho a la Fiscalía General», advierten fuentes próximas a la misma.

Unas fuentes que, también, apuntan a El Debate un detalle no menor en todo este cisma interno: quienes sostienen que «no es delito» nada de lo hecho por la Fiscalía, porque la información contenida en la nota de prensa emitida por la Sección Provincial de Madrid «ya era pública», olvidan que «esto es irrelevante». «El artículo 417 del Código Penal no sólo castiga la revelación de secretos, también la revelación de informaciones que no deberían de haberse conocido aunque, inicialmente, fueran otros terceros los que lo hubieran hecho», advierten los expertos.

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