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08 de septiembre de 2024

María Pilar Rodríguez Fernández

María Pilar Rodríguez FernándezMinisterio Fiscal

Tribunales

El juez espera los documentos de la Fiscalía sobre el novio de Ayuso para «evitar el espectáculo» de enviar a la Policía

La fiscal provincial de Madrid se negó a entregar, en un primer intento, la información requerida por el instructor del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en el caso de las filtraciones de Alberto González Amador

El magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) Francisco José Goyena, encargado de la querella presentada por el novio de Isabel Díaz Ayuso, el empresario Alberto González Amador, podría enviar a la Policía a la Fiscalía Provincial de Madrid si, por segunda vez –y como le requiere a su titular María del Pilar Rodríguez Fernández– se negase a aportar las comunicaciones intercambiadas entre el abogado de González y el fiscal al frente de su investigación tributaria, Julián Salto.

El juez Goyena se ha referido a esta cuestión, que El Debate publicó en exclusiva, , en el auto en el que ha rechazado el recurso presentado por el Ministerio Público para evitar que siga investigando quién dio la orden de emitir el comunicado en el que, presuntamente, se revelaron datos confidenciales de la pareja de la presidenta madrileña. «Este Instructor ha buscado una forma (...)», de reclamar la información necesaria para las pesquisas, «que no supusiera una penosa intromisión en una institución como es el Ministerio Fiscal, evitando, si puede ser, el espectáculo de la actuación policial», recoge en su resolución.

Cabe recordar que, como revelaba este diario, el TSJM envió a un funcionario para recopilar una copia de todos de los mails y comunicaciones intercambiadas por Pilar Rodríguez –con su compañero Salto y el abogado fiscalista de González Amador–. Pero, tras una espera de «más de veinte minutos» se volvía con las manos vacías. Los funcionarios presentes en las inmediaciones del órgano declinaron la entrega de cualquier información relevante para el caso, tras haberlo «consultado», dado «que la petición no iba dirigida contra una persona concreta».

Por ello, el magistrado se ha pronunciado también, en dicha resolución, defendiendo «la admisión y práctica» de todas las diligencias de prueba instadas hasta la fecha «de manera coherente con el contenido de las mismas, así como en cuanto a quién corresponde diligenciarlas y, francamente, con la proporcionalidad que resulta obligada, al menos inicialmente y a resultas de su resultado».

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