Revelación de Secretos
Las evidencias que contradicen el informe de la Fiscalía para salvar a García Ortiz
El fiscal general del Estado se enfrenta a la decisión que, en las próximas semanas, tomará la Sala Segunda del Supremo sobre su futuro procesal
El Supremo resolverá, previsiblemente, a lo largo de la próxima semana sobre la imputación del fiscal general del Estado en la causa por revelación de secretos que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) elevó a la Sala Segunda, el pasado mes de julio, por su condición de aforado. Sobre la mesa del Alto Tribunal todas las denuncias y querellas que se han acumulado a la principal, instada por el novio de Isabel Díaz Ayuso, el empresario Alberto González Amador, perjudicado directo por la difusión de sus datos confidenciales.
Además, el TS cuenta ya con el informe presentado por la Fiscalía, firmado por la número dos de García Ortiz, la teniente fiscal Ángeles Sánchez Conde, en el que se rechaza la «existencia de delito» en los hechos objeto de investigación y, por lo tanto, se pide el archivo de la causa.
Un dictamen que insiste en dos de los argumentos principales que, hasta ahora, ha venido utilizando el titular del Ministerio Público para desmentir las sospechas que recaen sobre él como «último responsable» penal de la orden dada para divulgar la nota de prensa de la Fiscalía de Madrid, con datos confidenciales del empresario madrileño, Alberto González Amador. El primero de ellos, que la Fiscalía actuó en su deber de «desmentir» lo que, a su juicio eran «bulos informativos» cuando, lo cierto, es que entre las funciones del Ministerio Público no se recoge esta competencia.
El segundo, que la información contenida en el comunicado institucional había sido previamente publicada en medios de comunicación y, por lo tanto, la Fiscalía no pudo incurrir en delito alguno de haber revelación de secretos.
Sin embargo, fuentes judiciales consultadas por El Debate apuntan a que «con independencia de si eran de dominio público, o no», la clave está en si la Fiscalía, y ése es el ilícito, «reveló información personal» del empresario madrileño, «que no debió haber trascendido, ni el fiscal general confirmarla» como cierta. Incluso aún en el caso en el que terceros ajenos a la institución se hubiesen hecho ya eco de ella.
Además, las mismas fuentes llaman la atención cómo «debería investigarse», por parte del Supremo, «cómo la filtración que se produjo» desde el Ministerio Público, en la noche del día 13 de marzo a la Cadena Ser –fecha en la que el entonces fiscal encargado del caso tuvo que abandonar un partido de la Liga de Campeones que estaba presenciando en el Metropolitano entre el Atlético de Madrid y el Inter de Milan– «horas antes de que se materializase la divulgación» de la nota oficial.
¿Se deslizó el contenido de los correos a dicha radio de manera anticipada para ampararse el fiscal general del Estado?, es la pregunta que queda en el aire. Si el propio García Ortiz, como reveló El Debate en exclusiva, pidió que la información relativa a la pareja de Díaz Ayuso se le enviase a un correo personal de gmail, obviando todas las normas de seguridad y privacidad del Ministerio Público, ¿pudo usar ese mismo mail para remitir directamente los mails cruzados entre el abogado de González Amador y el fiscal del caso?.