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El comisionista del caso Koldo, Víctor de Aldama

El comisionista del caso Koldo, Víctor de AldamaEFE

La Audiencia Nacional mantiene en prisión a Víctor de Aldama por riesgo de fuga

El tribunal señala que en esta fase de la investigación queda mucho material incautado en los registros pendiente de analizar que podría dar lugar a nuevas diligencias

La Audiencia Nacional ha ratificado la prisión provisional del comisionista Víctor de Aldama por su presunta implicación en una trama de fraude del IVA de hidrocarburos de más de 180 millones de euros, al apreciar riesgo de fuga y de destrucción de pruebas en relación a la cuentas que puede tener en el extranjero, según ha informa EFE. Para la Sala de lo Penal, la gravedad de delito y la pena que se le pudiera imponer justifica la prisión, dado que los imputados podrían eludir la acción de la Justicia mediante su fuga.

En un auto, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal rechaza el recurso presentado por quien es uno de los presuntos cabecillas de la trama Koldo contra su ingreso en prisión, que acordó el juez Santiago Pedraz en octubre por delitos de pertenencia a organización criminal, blanqueo de capitales y contra la Hacienda pública en el marco del caso hidrocarburos, y descarta la nulidad que invocaba la defensa del empresario por haber superado el plazo de detención de 72 horas. Planteaba la nulidad alegando que se acordó tres días después de su detención y considerando que su ingreso en prisión podía entenderse como un medio de «presión» para «conseguir fines estatales como el confesado de descubrir eventuales cuentas o bienes ocultos».

El tribunal señala que en esta fase de la investigación queda mucho material incautado en los registros que está pendiente de analizar que podría dar lugar a nuevas diligencias que podrían verse perjudicadas de encontrarse Aldama en libertad. Recuerda que una parte importante de lo defraudado (casi 74 millones de euros) se podría haber transferido a cuentas en el extranjero, por lo que es preciso su localización y bloqueo, así como la determinación de las operaciones de blanqueo presuntamente ejecutadas.

Unas medidas que, según la Sala «se verían frustradas o, al menos, dificultadas si el investigado se encontrara en libertad, ya que hoy día, con los medios telemáticos podría seguir operando con los fondos depositados en el extranjero y ocultar los canales utilizados para la transferencia de los fondos a terceros países». Por todo ello, la Sala concluye que concurren dos de los fines (riesgo de fuga y posibilidad de destrucción de pruebas) que la ley contempla para legitimar la prisión provisional.

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