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El juez Juan Carlos Peinado y la mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez

El juez Juan Carlos Peinado y la mujer de Pedro Sánchez, Begoña GómezÁngel Ruiz

Balance Judicial

Sánchez pisa el acelerador de la reforma legal que apartará al juez Peinado de la investigación sobre su mujer

La nueva Proposición de Ley orgánica de Garantía y Protección de los Derechos Fundamentales frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas es, según los expertos, una «amnistía encubierta» para la corrupción que salpica al Gobierno

Antes de que los españoles entrásemos en la vorágine de la Navidad, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobaba, por unanimidad de todos sus miembros, el informe favorable sobre el Anteproyecto de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que el Gobierno planeaba aprobar antes del final de este curso político. Sin embargo, en su premonitorio dictamen, los vocales del Consejo, sin excepción, condicionaban la entrada en vigor de la norma –que prevé entregar a la Fiscalía la instrucción de las causas penales, hasta ahora competencia exclusiva de los jueces– a una reforma previa del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF).

No en vano, desde el máximo órgano de representación del Poder Judicial alertaban sobre los graves riesgos de materializar una modificación de semejante calado para el esquema tradicional de las investigaciones judiciales, en el escenario actual, con una Fiscalía «subordinada al Gobierno» y comprometida por la imputación de su titular, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos, en ausencia de mecanismos de contrapeso y control interno.

Una visión compartida, además, con la mayoría de las entidades profesionales de la Magistratura española que – salvo las más afines al Gobierno, Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) y la Unión Progresista de Fiscales (UPF)– coinciden en que éste «no es el momento adecuado» para plantear la cuestión.

En pleno debate sobre la oportunidad de la medida y acorralado por los casos de corrupción que salpican tanto al Gobierno como a su entorno familiar más cercano, con su mujer Begoña Gómez en cabeza, Pedro Sánchez ha pisado el acelerador para controlar, de una vez por todas, las causas judiciales. ¿Cómo?. A través de una proposición de ley 'venganza' que prohibirá a los jueces abrir causas en base a «recortes de prensa», elimina el delito de ofensas religiosas y añade nuevas causas para recusar a un juez, como el mero hecho de que éste manifieste públicamente o «de forma privada», el acuerdo o desacuerdo con determinadas actuaciones de partidos políticos o autoridades. «Totalitario», sostienen prestigiosos juristas.

Además, se establece que no podrán ejercer la acción popular «los miembros de las carreras judicial o fiscal y las asociaciones profesionales de jueces y fiscales» y «los partidos políticos y asociaciones o fundaciones vinculadas con ellos», entre otros.

En definitiva, se trata de un traje a medida de los deseos socialistas para expulsar de la investigación judicial, de forma retroactiva, a las entidades, asociaciones o sindicatos ya personados en casos como el de 'Begoña Gómez', 'Koldo' y el que se sigue ante el Supremo, por revelación de secretos, contra el propio titular del Ministerio Público, Álvaro García Ortiz –que, con tanto ahínco, él mismo criticó durante su discurso de apertura del pasado Año Judicial, en el que se refirió al uso de los tribunales «con fines espurios»–.

No en vano, la Disposición Transitoria Única de la nueva ocurrencia legal del PSOE provocará que la mayoría de ellas queden fuera: «Serán de aplicación a los procesos en curso en el momento de la entrada en vigor de la presente ley orgánica, así como a los que comiencen con posterioridad a dicho momento».

Y, para ello, el líder de los socialistas ha elegido el atajo de la proposición de ley de su grupo parlamentario, registrado el pasado viernes, en lugar del proyecto de ley del Consejo de Ministros. Un formato que le permitirá acortar los plazos de aprobación y eludir los informes de los órganos consultivos, como el Consejo de Estado, el Consejo Fiscal o el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que ha sido muy crítico con el mero hecho de ceder la instrucción de los fiscales.

«Colectivizar» la instrucción penal

Llegados a este punto, cabe recordar que, como paso previo a esta proposición, el Ejecutivo coló, en plenas fiestas, un paso previo –la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia– que, según los expertos consultados por El Debate, llegado el momento facilitará «una transición casi inmediata» de las pesquisas judiciales a los miembros del Ministerio Público, en detrimento de los jueces. Jueces que como Juan Carlos Peinado, por ejemplo –al frente de las diligencias sobre la mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez– han venido resultando inconvenientes para el Gobierno y su relato.

De ahí el interés del Ejecutivo por doblegar a quienes están sometidos al imperio de la ley, modificando el marco de ésta, para apartarlos de una instrucción judicial en la que gozan orgánicamente de mayor autonomía, independencia y apariencia de imparcialidad de la que disponen los fiscales, «comprometidos por una estructura interna muy jerarquizada», como ya advirtió el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en su informe, unánime, sobre la necesidad de reformar el Estatuto Fiscal (EOMF) antes de la entrada en vigor de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).

Y es que, al contrario de lo que sucede con las resoluciones de los magistrados, que disponen de diferentes tipos de recursos en distintas instancias, las decisiones unilaterales de la Fiscalía General del Estado (FGE) son «muy difíciles» de discutir y, por extensión, de revocar, apuntan varios expertos consultados por El Debate.

No en vano, según ha venido revelando este diario, tanto el actual titular del Ministerio Público, Álvaro García Ortiz, como su predecesora en el cargo, Dolores Delgado, se han encargado de inclinar los nombramientos discrecionales para los puestos más relevantes de la cúpula de la Institución a favor de candidatos afines, muchos de ellos miembros de la Unión Progresista (UPF). Lo que en las últimas discrepancias mantenidas entre fiscales de base con su jefe máximo ha permitido a este último salir airoso gracias al factor numérico en el 'generalato' de la Fiscalía.

«Colectivizar» la instrucción penal

Así las cosas, ya en enero, el Ejecutivo lograba aprobar como germen de las modificaciones de fondo que acaba de anunciar, la norma para «la racionalización del modelo y la búsqueda de la eficiencia» del Servicio Público de Justicia, en la que se impuso «que el primer nivel de organización judicial opere de forma colegiada». Esto es, en opinión de los juristas, una «colectivización encubierta» de la instrucción penal en los nuevos Tribunales de Instancia.

Es decir, el texto normativo, ya aprobado, publicado en el BOE y, por lo tanto, de aplicación, incluyó en su artículo 84 «la posibilidad de que la instrucción de un determinado proceso penal o el conocimiento en primera instancia de un procedimiento de cualquier orden jurisdiccional corresponda conjuntamente a tres jueces, juezas, magistrados o magistradas del Tribunal de Instancia».

Una medida «errónea» para buena parte del sector judicial que considera «peligrosa» la «instrucción conjunta» de varios jueces a la vez, con sus propios criterios cada uno de ellos, que pueden ser «no coincidentes».

Tal es así, que el propio apartado 4 del artículo 264 ya prevé la posibilidad de que «la Junta de Jueces y Juezas de Sección del Tribunal de Instancia se reúna para el examen y valoración de criterios cuando los jueces, las juezas, los magistrados y las magistradas que la integren sostuvieren en sus resoluciones diversidad de criterios interpretativos en la aplicación de la ley en asuntos sustancialmente iguales».

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