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Granada

La Junta de Andalucía lanza una línea de ayudas al alquiler para familias vulnerables

La consejera de Fomento estima que estas subvenciones «llegarán a unas 4.800 familias andaluzas que verdaderamente lo están pasando mal»

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ha lanzado una nueva línea de ayudas al alquiler por un importe de más de 17 millones de euros. El objetivo principal es asistir a aquellas personas que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad y que tienen dificultades para poder pagar el alquiler de su vivienda habitual.

Además, podrán optar también a estas subvenciones las víctimas de violencia de género, víctimas de desahucio, víctimas de trata con fines de explotación sexual y otras familias en situación de especial vulnerabilidad acreditada por los servicios sociales o por la administración local correspondiente.

La consejera de Fomento, Rocío Díaz, estima que estas ayudas «llegarán a unas 4.800 familias andaluzas que verdaderamente lo están pasando mal. El Gobierno andaluz está volcado con estas acciones que facilitan una solución habitacional e incluso hemos complementado estas ayudas, que sacamos año tras año, con otras en las que tenemos al Tercer Sector como aliado».

La convocatoria se abrirá en julio, justo un mes después de su publicación en el BOJA. La persona solicitante tendrá que determinará las fechas de inicio y fin de la actuación, teniendo en cuenta que el importe total de la subvención no deberá exceder los 6.000 euros. Los beneficiarios recibirán el cien por cien de la subvención en una única forma de pago.

Requisitos de los solicitantes

Para poder recibir esta ayuda, los solicitantes tendrán que ser titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual igual o inferior a 600 euros al mes. En esta renta no se incluye el coste de anejos como plazas de garaje o trasteros. La cantidad puede elevarse a los 900 euros en supuestos debidamente justificados.

Asimismo, deberán estar empadronados en Andalucía o acreditar, mediante certificado de la Policía Local, que llevan establecidos en la zona más de un año, salvo situación extraordinaria debidamente motivada por los servicios sociales de la Comunidad Autónoma o de la administración local.

La vivienda en alquiler debe ser residencia habitual y permanente del solicitante, que no debe ser propietario o usufructuario de un inmueble en España.

Los requisitos se acreditarán con el informe de los servicios sociales comunitarios. No podrán disfrutar de estas subvenciones las personas arrendadoras de la vivienda que sean una administración pública o una empresa pública o aquellos solicitantes que tengan una relación de parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad con la persona arrendadora.

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