Cádiz
El TSJA ratifica ocho años de cárcel a un hombre que maltrataba a su pareja con métodos «del credo de los talibanes»
La mujer, encerrada y vejada en Alcalá del Valle, logró escapar aprovechando un descuido
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a un hombre a ocho de prisión por detención ilegal y maltrato habitual y físico a su pareja en Alcalá del Valle, usando, según la sentencia recogida por Europa Press, «un decálogo con normas de conducta tomadas del credo de los talibanes».
En los hechos probados, la sentencia recoge que el acusado mantuvo una relación con su pareja desde diciembre de 2020 a septiembre de 2021, cuando ella logró escapar del domicilio donde vivían hasta la casa de sus padres, a unos 200 metros de distancia, aprovechando que el hombre había salido a comprar.
Asimismo, señala que el acusado sometió a su pareja a continuos malos tratos psicológicos los cuales «se ponían de manifiesto en forma de control de la alimentación, vestimenta, utilización del móvil en su presencia y con el altavoz puesto, leer unas 20 veces un decálogo con normas de conducta tomadas del credo de los talibanes para que ajustara su conducta al mismo, dejarla encerrada en casa sin poder salir o interrogarla de manera persistente sobre los hombres con los que había mantenido relaciones sexuales y por cada nombre que ella daba la respuesta era una bofetada».
Además de propinar reiterados insultos a la mujer, «incluso una noche la obligó a dormir en la azota con un cuenco de agua mientras le decía antes de irse: ahí te quedas como una perra». Los malos tratos psicológicos se volvieron físicos a partir de abril de 2021. Consistían en «tirones de pelo, agarrones, bofetadas, patadas, dejarla maniatada con bridas para que no pudiera irse cuando él se iba del domicilio o sujetar sus tobillos a los de él para darse cuenta si se levantaba por la noche».
Atada a una tubería
Uno de los episodios más violentos, según recoge la sentencia, se produjo en agosto de 2021, cuatro días antes de que pudiera escapar, cuando le propinó «una paliza» que duró «desde el medio día hasta las 6:00 horas de la madrugada porque ella quería ir a vacunarse y él no se lo permitía por ser antivacuna». Así, «el acusado ató fuertemente las manos de la mujer a una tubería de manera que no se pudiera mover» y «cuando se quedaba inconsciente le arrojaba agua por lo alto».
Por todo ello, el hombre fue condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a cinco años y un día de prisión por un delito de detención ilegal, dos años por maltrato habitual y un año por maltrato físico. Esta sentencia fue recurrida por su defensa ante el TSJA pidiendo «la nulidad de lo actuado desde el juicio inclusive y consiguientemente la celebración de un nuevo juicio oral, aduciendo que en el vídeo conteniendo la grabación de dicho acto no se escucha la declaración del acusado».
Algo que el TSJA considera «rechazable en tanto que ha visionado el DVD que contiene el juicio oral y ha comprobado que, si bien las respuestas del acusado a las preguntas que se le formulan en su interrogatorio se oyen a un nivel de volumen inferior al resto de las pruebas personales, sin embargo dicha declaración es audible y suficientemente inteligible».