El presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, este lunes

El presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, este lunesGVA

El Gobierno de Mazón convalida a casi 340.000 personas el título de valenciano por haber acabado Bachillerato

Destaca que esta medida tiene como principal finalidad «el apoyo, la promoción y el reconocimiento del valenciano», y lamenta el anterior modelo basado en la imposición

El presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, ha anunciado que a partir del 1 de octubre «más de 337.000 personas podrán obtener por justicia, sin burocracia y sin coste la certificación automática de reconocimiento del valenciano».

Se trata de una de las medidas recogidas en la Ley 1/2024, de 27 de junio, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula la libertad educativa, y que prevé en su artículo 16 el reconocimiento de los niveles A1, A2, B1, B2 y C1 de valenciano.

El jefe del Consell se ha referido a esta medida como «una gran línea de apoyo, de incentivo y de promoción al valenciano», al tiempo que ha resaltado el carácter acreditativo de esta capacitación «ya que será válido en currículos profesionales y facilitará el acceso al empleo».

Mazón ha abogado por un modelo de convivencia entre las dos lenguas cooficiales en la Comunidad Valenciana y ha mostrado el compromiso del Consell «por incentivarla y promocionarla frente a la imposición en la anterior etapa de gobierno que solamente alejaba el valenciano en lugar de acercarlo».

En su intervención, el presidente autonómico ha incidido en que esta medida de acreditación lingüística «no se trata de un premio como tal, sino un reconocimiento de justicia y un gran incentivo para impulsar desde el cariño y el respeto», el valenciano, ha manifestado Mazón. En este sentido, ha animado a los estudiantes de las comarcas castellanohablantes a elegir el valenciano para obtener las certificaciones.

El dirigente 'popular' ha explicado que desde el curso 2008-2009 hay un total de 169.283 personas con derecho a obtener el B2, mientras que 168.500 alumnos podrán obtener certificados de C1 «sin excepción», como «incentivo y reconocimiento a su esfuerzo y mérito».

Los certificados automáticos se expedirán en un mínimo de 48 horas desde la solicitud, siempre y cuando no haya que aportar más documentación por parte del interesado.

El político alicantino ha mostrado la satisfacción del Consell por el desarrollo de la Ley de Libertad Educativa «porque también implica la promoción real de nuestra lengua».

La certificación de los niveles B2 y C1. El B2 se acreditará a los estudiantes que hayan superado la materia de valenciano en los dos cursos de Bachillerato y el C1 en el caso de aquellos que hayan superado la materia de valenciano los 2 cursos de Bachillerato con una media de la asignatura igual o mayor a 7, o al obtener una calificación igual o superior a 7 en la asignatura de valenciano en la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU).

El reconocimiento se realiza de forma retroactiva para todos los alumnos que hubiesen finalizado los estudios correspondientes a enseñanzas LOE. Por tanto, podrán obtener la certificación los alumnos que finalizaron ESO y personas adultas desde el curso 2008-09 inclusive; y los que concluyeron Primaria y Bachillerato, así como los que hicieron la Prueba de Acceso a la Universidad, desde el curso 2009-10 inclusive.

Entre los niveles del C1 y B2, un total de 337.791 personas pueden solicitar su correspondiente certificación, siempre que no dispongan ya del certificado por haber superado las pruebas de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià.

De acuerdo con los datos del sistema de información ITACA, solo en el curso escolar 2023-2024 hay 11.935 alumnos con derecho a obtener el certificado de nivel B2 de Valenciano, y 12.298 respecto al C1. La serie histórica refleja que aproximadamente un 40% del alumnado matriculado en Bachillerato cada curso escolar tiene derecho a la obtención del B2 y otro 40% a la obtención del C1. El 20 % restante, se divide entre el alumnado que solicita la exención del valenciano en Bachillerato (10 %) y el que no supera la asignatura (10 %).

Exención del valenciano

Respecto al alumnado que solicita la exención del valenciano en Bachillerato, en municipios castellanohablantes supone entre el 70 % y el 80 % del alumnado cada curso escolar. En cambio, en dichos municipios, el alumnado que solicita la exención del valenciano en ESO no llega al 20 %.

Esta diferencia se explica ante la importancia que dan tanto los alumnos como las familias a la nota media en Bachillerato para el acceso a la universidad.

Para el alumnado que finalice Primaria, ESO y Bachillerato a partir de este curso académico 2024-2025, la expedición de los certificados se realizará de oficio desde los centros educativos. Así, al finalizar el curso, en base a los resultados de la evaluación que consten en el sistema de información ITACA, se generará un listado de alumno que obtendría cada nivel. Este listado lo validará la dirección del centro pulsando una tecla, lo que implicará que cada alumno (o cada familia para los menores de edad) reciba en su correo electrónico el certificado correspondiente y que este quede registrado en la base de datos de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià.

Por su parte, el alumnado que haya finalizado desde los cursos 2008-2009 (ESO y personas adultas) o 2009-2010 (Primaria y Bachillerato), hasta el curso 2023-2024 inclusive, tendrá que solicitarlo a través del trámite telemático de la Generalitat que se ha implementado y que estará operativo desde mañana en la web de la Generalitat.

La Consejería ha trabajado en un sistema sencillo, que facilite los trámites, en la senda de la simplificación administrativa en la que trabaja la Generalitat Cuando se reciba la solicitud se comprobará de oficio si las calificaciones de valenciano necesarias para obtener el reconocimiento están en el sistema ITACA, de manera que siempre que sea posible el ciudadano no tenga que aportar documentación. En caso de que no se disponga de las calificaciones de forma automatizada, se solicitará la documentación acreditativa al interesado.

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