Fachada de la Ciudad de la Justicia de Valencia

Fachada de la Ciudad de la Justicia de ValenciaEFE

Condenado a diez años de prisión un hombre por abusar de las nietas menores de su pareja en Valencia

El penado aprovechaba la relación prácticamente «de abuelo» que tenía con las niñas para realizarles tocamientos sexuales

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a diez años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de forma continuada de dos menores de edad, como fueron las nietas de su compañera sentimental, a las que sometió a tocamientos en diversas ocasiones durante varios años.

Así, la sentencia establece una pena de cinco años de cárcel por cada uno de los ilícitos, diez de prohibición de aproximación y de comunicación, así como 10.000 euros de indemnización por daños morales por el delito continuado de abuso sexual cometido respecto a cada una de las víctimas, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

También condenado en 2014

Según ha declarado probado el Tribunal, el penado mantuvo una relación de pareja de unos 30 años de duración con la abuela paterna de las niñas, por lo que tenía con ellas un trato «similar al de un abuelo con sus nietas». De hecho, las pequeñas acudían con asiduidad al domicilio donde convivían su abuela y el condenado, quien se aprovechaba de la relación de confianza que le unía a las víctimas para realizarles tocamientos de tipo sexual cuando estaba a solas con ellas en la vivienda.

Así ocurrió en diversas ocasiones entre 2013 y 2018 con una de las menores, cuando tenía entre 11 y 15 años. Durante uno de estos abusos, la niña llegó a forcejear y a gritar para soltarse del acusado y encerrarse en el baño. La otra agredida sufrió tocamientos en más de cinco ocasiones en días distintos entre 2016 y 2019, desde que tuvo 10 años y hasta cumplir los 13. Sin embargo, no fue hasta abril de 2020 cuando las dos menores y su madre denunciaron los hechos ante la Guardia Civil.

Ahora, la Audiencia de Valencia ha aplicado al condenado la agravante de reincidencia para uno de los dos delitos continuados de abuso sexual, ya que había sido condenado a un año de prisión con anterioridad, en 2014, como autor de un delito de corrupción de menores. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV.

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