Cascada de sentencias en Galicia que condenan a Interior a pagar la ropa de los policías de paisano
El Tribunal Superior aplica la doctrina del Supremo, que considera este tipo de reclamaciones «absolutamente» ajustadas «a la racionalidad»
Los policías nacionales que realizan habitualmente servicios de paisano tienen derecho a percibir una indemnización por los gastos de la ropa. Esta es la conclusión a la que han llegado los jueces de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que desde hace meses emiten sentencias en las que estiman los recursos de los agentes que han acudido a la Justicia y condenan a la Dirección General de la Policía Nacional, dependiente del Ministerio del Interior, a abonar una indemnización.
Los magistrados emitieron tres nuevas resoluciones sobre este asunto el pasado mes de septiembre. En ellas, se obliga al Estado a pagar los gastos asumidos por los policías durante diferentes períodos, aunque con una limitación de cuatro años hacia atrás desde el momento en el que se presentó la reclamación. Uno de los agentes pidió una compensación por la ropa de paisano que se vio obligado a utilizar entre 2014 y 2021, otro planteó esta reclamación desde el año 2015 hasta la actualidad y un tercero reclamó que se le abonasen los gastos realizados entre 2007 y 2020.
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Las resoluciones judiciales explican que sobre esta cuestión existe jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo en una sentencia de 2021. En ella, se dice que «los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que prestan servicios» de paisano «tienen derecho a la compensación económica por razón de vestuario al igual que los policías destinados en servicios de vigilancia dinámica de personalidades». Además, aquel fallo judicial indicaba que es «absolutamente ajustada a la racionalidad la pretensión ejercitada, quebrantando, en cambio, el principio de igualdad no reconocer el derecho a este complemento a otros funcionarios exentos de la obligación del uso del uniforme por exigencias del servicio que desempeñan».
Con la jurisprudencia existente, los jueces gallegos estiman los recursos presentados por los policías nacionales que trabajan de paisano. En julio emitieron un fallo idéntico a estos tres y en junio se resolvieron ocho casos. En todos fueron estimadas las pretensiones de los funcionarios de la Policía Nacional. Previamente, ya se habían emitido decenas de sentencias sobre el mismo asunto en Galicia.
Hace pocas semanas, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias también hizo público que aplicaba la misma doctrina en un recurso de un policía nacional y reconocía su derecho al pago de una compensación económica por estar obligado a vestir de paisano cuando está de servicio.