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Aeropuerto de Barajas (Foto de archivo)

Aeropuerto de BarajasEuropa Press

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¿Retraso en tu vuelo? Esto es lo que puedes reclamar tras tres horas de espera

Cuando un vuelo acumula un retraso superior a tres horas por causas imputables a la aerolínea, los pasajeros tienen derecho a recibir una compensación

El control y las esperas en el aeropuerto suelen hacerse interminables para muchos viajeros. De hecho, cuando el tiempo avanza y ves que tu vuelo se retrasa, acumulando un retraso superior a tres horas debido a causas imputables a la aerolínea, los pasajeros tienen derecho a recibir una compensación económica.

En este sentido, las indemnizaciones varían según la distancia del trayecto de cada vuelo. Concretamente, se indemnizará con 250 euros a los pasajeros de vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los trayectos de entre 1.500 y 3.000 kilómetros, y 600 euros para vuelos de más de 3.000 kilómetros.

Al mismo tiempo, en el momento en el que el retraso supera las dos horas, la aerolínea está obligada a ofrecer comida y bebida. Si la demora implica una estancia nocturna, también debe cubrir los costos de alojamiento. Para poder reclamar estos gastos, es fundamental conservar los tickets y las fotografías.

Por otro lado, si supera las cinco horas y el pasajero decide no viajar, tiene derecho al reembolso total del billete en un plazo de siete días, incluyendo la parte no realizada del trayecto.

¿Cómo se realiza la reclamación?

Para gestionar la reclamación de una indemnización por retraso de vuelo, es fundamental conservar el billete de avión, la tarjeta de embarque y cualquier comunicación recibida de la aerolínea. Además, se recomienda guardar los recibos de los gastos adicionales derivados del retraso. Una vez reunido todo lo mencionado, se debe presentar una solicitud formal a la aerolínea.

Si la aerolínea acepta la reclamación, deberá abonar la compensación correspondiente. El pago podrá efectuarse en efectivo, mediante transferencia bancaria, con cheque o a través de bonos de viaje, dependiendo del acuerdo con el pasajero.

No obstante, si rechaza la solicitud o no responde dentro de un plazo razonable, el pasajero podrá presentar la reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

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