Ni la Policía ni Guardia Civil pueden registrar algunos coches sin una orden judicial

Ni Policía ni Guardia Civil pueden registrar algunos coches sin una orden judicial

Seguridad

Estos son los únicos vehículos que la Policía no puede registrar

En España los agentes de la autoridad pueden parar y registrar un vehículo sobre la marcha sin necesidad de autorización judicial

Los registros de vehículos son muy habituales en España, de hechos muchos de los controles de carretera son para buscar drogas, armas o cualquier tipo de artículo prohibido, lo que supone que los agentes de la autoridad den orden al conductor de que abra el maletero o las partes del coche que crean convenientes para verificar el contenido.

También es habitual que los agentes se ayuden con perros especialmente adiestrados en la detección de drogas, armas, dinero o incluso cadáveres y el conductor no puede negarse a que el animal entre al vehículo y olfatee en busca de pistas e indicios.

Incluso con perros

Esto es extensible a casi cualquier tipo de vehículo, que la Guardia Civil puede revisar a fondo sin necesidad de orden judicial de por medio, aunque como en todas las reglas existe una excepción y es la que afecta a los vehículos tipo caravana o cámper que puede ser usado como domicilio ocasional.

Loa agentes pueden detenerlas, pero no registrarlas

Loa agentes pueden detenerlas, pero no registrarlas

En este caso y tal y como es habitual en cualquier domicilio, los agentes precisan de una orden judicial para poder entrar a registrarlo.

Domicilio o vehículo

Conviene matizar también que de acuerdo con la legislación actual no podemos hacer uso de este tipo de vehículos como vivienda habitual, si no que se trata de vehículos destinados a dormir de forma ocasional.

Por lo tanto convendría estudiar a fondo si los agentes podrían o no revisarlo en mitad de un viaje por ejemplo, cuando no cumple como domicilio.

Convendría saber si la pueden revisar mientras estamos de viaje

Convendría saber si la pueden revisar mientras estamos de viaje

En cualquier caso si los agentes tienen sospechas de que se están cometiendo en el interior un delito pueden retener el vehículo y pedir la orden al juez, que se la enviará sobre la marcha, lo que les permitirá entrar y comprobar a fondo lo que buscan. Una excepción muy poco conocida y que ya ha pasado por los tribunales en algunas ocasiones, por lo que existe jurisprudencia.

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