Cartas al director
Jurar o prometer sin condiciones y si no, no
Los políticos españoles (todos españoles, les guste o no) toman posesión de sus cargos jurando o prometiendo acatamiento a la Constitución y lealtad al Rey, usando la fórmula legalmente establecida en el Real Decreto 707/1979, normativa legal que especifica que dicha fórmula «será contestada con una simple afirmativa», aunque algunos añaden pedantes coletillas como la de «por imperativo legal» u otras vulgares y frívolas simplezas. Quieren decir que acatan porque no hay otro remedio pero que ni juran ni prometen ni nada parecido y que a la Constitución y al Rey se los pasarían por donde los emperadores romanos cruzaban tras ganar batallas. Tales términos fueron aceptados por el Tribunal Constitucional, al parecer porque con la ley tal como está redactada no se puede hacer otra cosa ya que «no vacían, limitan o condicionan el sentido propio (de la ley)», algo que a los ciudadanos de a pie nos resulta difícil de entender porque aun a sabiendas de que en un Estado de derecho las sentencias puedan estar encorsetadas por las leyes, nada evitará que tales expresiones sigan siendo tan superficiales como absurdas e insolentes. El huido Puigdemont prometió fidelidad solo al pueblo de Cataluña y al Parlament, pero el tema se soslayó con banalidades con las que no todos los juristas estaban de acuerdo; sería por la necesidad de «hacer política» –recurrente término, cajón de sastre amoldable a cada interés o ideología– pero ahora que nadie alegue sorpresa.
Qué diferente era el ejemplar juramento de los antiguos Reyes de Aragón: «Nos, que somos y valemos tanto como vos, pero juntos más que vos, os hacemos Principal, Rey y Señor entre los iguales, con tal que guardéis nuestros fueros y libertades; y si no, no».
Los símbolos y los gestos tienen su importancia y de tales polvos tales lodos.