Cartas al director
Yolanda Díaz, obligada crisis de Gobierno
La Constitución prohíbe que los miembros del Gobierno desempeñen otras actividades públicas que no deriven de su cargo ni tampoco privadas (artículo 98.3). Las pocas excepciones previstas en las leyes de desarrollo no permiten a los miembros del Gobierno una actividad como la que la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, iniciará el 8 de julio, según anunció ayer. Yolanda Díaz está a las órdenes del presidente del Gobierno las 24 horas del día. El presidente Pedro Sánchez, tras el anuncio de ayer de su vicepresidenta del Gobierno, solo tiene una opción constitucional: separar del cargo de vicepresidenta del Gobierno a Yolanda Díaz (artículo 100). Cuanto antes. Y que el día 8 de julio doña Yolanda inicie, en Madrid, los procesos o giras que le vengan en gana. Pero siendo vicepresidenta del Gobierno, no. Doctor Sánchez, por favor, un mínimo de orden. Si no le dejan, active el artículo 115 de la Constitución.