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En aproximadamente 15 años se habrán jubilado dos tercios de los actuales médicos de Familia

EFE

¿Los MIR podrán pasar consulta sin tutor? Sanidad aclara a las comunidades «los límites» para este verano

Los residentes tienen el deber y el derecho a completar su itinerario formativo

Como cada año, el verano se presenta con escasez de médicos. Tras el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), que tuvo lugar a principios de junio y no haber llegado a ningún acuerdo, el Ministerio de Sanidad ha aclarado a las comunidades que son ellas las que deben decidir las retribuciones de los médicos residentes (MIR) de último año, los cuales podrán hacerse cargo de las consultas de forma autónoma aunque bajo supervisión de los centros docentes y sus responsables durante un máximo de dos meses.

Así consta en una carta que Celia Gómez, directora general de Ordenación Profesional, ha enviado a todos los consejeros de las comunidades autónomas para aclarar «los límites» legales que deberán asumir con residentes de último año (R4) de cara a este verano, tal y como se comprometió la ministra de Sanidad, Mónica García.

Esta generación es la que tuvo que aplazar el inicio de la residencia por el comienzo de la pandemia por coronavirus a septiembre de 2020, y, por tanto, la terminarán este año – tres meses después de lo habitual–. Por este motivo, muchas comunidades elevaron su preocupación de cara a la planificación de recursos en los meses estivales, sobre todo en Atención Primaria.

«El déficit de médicos en algunas especialidades es un problema», reconoce el escrito al que ha tenido acceso Efe, y eso pese a que «se han establecido algunas soluciones» como el aumento de la oferta de plazas de Formación Sanitaria Especializada (FSE) o de las de grado o la Jubilación Activa Mejorada, medidas todas ellas que «precisan de un tiempo para que den fruto».

Ni siquiera la ampliación del cupo de extracomunitarios «soluciona la cobertura de las plazas de FSE», admite el Ministerio.

La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS), es la que establece, en su artículo 20, los elementos básicos del sistema de formación de especialistas, definiendo «con claridad» la progresiva asunción de responsabilidades y su integración en las actividades del centro donde se está formando.

«Esa es la esencia del aprender mientras se trabaja, esencia de nuestro modelo de FSE», asegura Sanidad antes de enumerar las líneas que marca esta ley, que incluyen la asunción progresiva de responsabilidades por parte de los residentes y un nivel decreciente de supervisión a medida que avanzan en su formación.

Los MIR «deberán desarrollar, de forma programada y tutelada», las actividades previstas en el programa formativo –que es el que define la duración de la residencia–, asumiendo «de forma progresiva, según avancen en su formación, las actividades y responsabilidad propia del ejercicio autónomo de la especialidad», abunda el documento.

Partiendo del hecho de que los residentes tienen el deber y el derecho a completar su itinerario formativo, «los centros y sus responsables han de facilitar el cumplimiento» de los mismos y la integración supervisada de los MIR en las actividades asistenciales, docentes e investigadoras.

Una supervisión que «tiene un alcance más allá del propio tutor y no exclusiva de éste», tal y como se establece en el artículo 14. «El deber general de supervisión es inherente a los profesionales que presten servicios en las distintas unidades asistenciales donde se formen los residentes, quienes estarán obligados a informar a los tutores sobre las actividades realizadas» por los MIR, añade.

En el caso concreto de Medicina Familiar y Comunitaria, donde se espera el mayor agujero, el programa formativo establece que los R4 deben ser capaces de hacerse cargo de forma autónoma y completa de una consulta sin la presencia del tutor, aunque con la posibilidad de recurrir a él, al de apoyo o a otros médicos de Familia del Centro de Salud en caso de duda o ante situaciones complejas.

De cualquier modo, «se recomienda que la actividad asistencial autónoma se realice de forma progresiva, de tal manera que al finalizar el cuarto año abarque un periodo no inferior a dos meses».

El Ministerio también ha recordado la normativa sobre rotaciones externas, que pueden ser autorizadas por las comunidades siempre que se cumplan ciertos requisitos, como ser propuestas por el tutor y contar con la conformidad de la comisión de docencia del centro de destino.

Por último, en cuanto a las retribuciones de los residentes, Sanidad precisa que son las autonomías las que tienen que encargarse de establecer complementos salariales de acuerdo con los criterios que así se acuerden en los órganos de negociación correspondientes, y siempre en el marco de la relación laboral de carácter especial de residencia.

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