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Un gato sentado en una silla de madera

Un gato sentado en una silla de maderaFreepik

Herencias

¿Se puede dejar la herencia a una mascota en España? Esto dice la ley

En nuestro país, la legislación permite ciertas posibilidades para garantizar el bienestar de las mascotas tras el fallecimiento de su propietario

Una mujer de avanzada edad en China ha tomado la sorprendente decisión de modificar su testamento para dejar toda su herencia, valorada en más de 2,1 millones de dólares, exclusivamente a sus mascotas, desheredando a sus propios hijos. Esta drástica medida se fundamenta en lo que ella considera una falta de interés y atención por parte de sus descendientes, a quienes reprocha no haberla visitado ni cuidado durante su enfermedad.

Por otro lado, la mujer resalta la compañía y lealtad incondicional de sus gatos y perros como las principales razones para legarles la totalidad de su patrimonio. Según lo establecido en su testamento, todo su dinero deberá destinarse al cuidado de sus mascotas y de cualquier descendencia que puedan tener tras su fallecimiento.

Para garantizar este propósito, la mujer ha designado como administradora de su herencia a una clínica veterinaria local, que asumirá la responsabilidad del cuidado de sus mascotas. A su vez, aunque esta decisión contradice las leyes chinas, sus representantes legales han adoptado esta medida para asegurarse de que el patrimonio se destine exclusivamente al bienestar de los animales.

¿Es legal en España?

En España, la legislación actual permite ciertas posibilidades para garantizar el bienestar de las mascotas tras el fallecimiento de su propietario. De hecho, aunque las mascotas no son consideradas herederas en el sentido legal, sí es posible destinar una parte de la herencia a su cuidado.

La ley española establece que los animales son bienes muebles, lo que significa que no pueden recibir herencias de la misma manera que las personas. No obstante, los dueños de mascotas pueden incluir en su testamento cláusulas que aseguren el bienestar de su animal.

varias formas

  • Designar a un guardián: en el testamento, el propietario puede nombrar a una persona de confianza que se encargue de cuidar de su mascota.
  • Creación de un fideicomiso: aunque no existe una figura específica de fideicomiso para mascotas en España, es posible crear un acuerdo legal que destine fondos a la persona que asuma el cuidado del animal.
  • Instrucciones específicas: además de designar un guardián, el propietario puede incluir instrucciones detalladas sobre el cuidado, las preferencias de alimentación y otras necesidades de su mascota.

Es fundamental tener en cuenta que, a pesar de que se tomen estas medidas, la ejecución de los deseos del propietario puede depender de la buena voluntad y capacidad del guardián designado. Por lo tanto, es recomendable elegir a alguien responsable y concienciado sobre la importancia del bienestar animal.

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