Trabajo, carbono y aranceles: el nuevo mecanismo europeo y la respuesta de Trump
La realidad es que no se fuga el carbono, se fugan las empresas y desaparecen los puestos de trabajo
Desde el primero de enero de este año de 2025, si usted es responsable de una empresa de importación de productos cuyo proceso de producción se considere intensivo en emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), usted tiene la obligación de soportar un trámite administrativo más. Es un trámite por trimestre de mucha importancia y, de no hacerlo correctamente, con mucha probabilidad reciba una fuerte multa. Se trata de los informes CBAM y el acrónimo corresponde al nombre en inglés del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono.
Seguramente usted ya lo sabía tanto porque operaba como importador en alguno de los sectores afectados (cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno) como porque desde el último trimestre de 2023 ya venía obligado a presentar este informe. La novedad entre octubre de ese año –fecha de inicio del periodo de interés– y el uno de enero de este año radica en que hasta entonces usted podía elegir entre varias metodologías de cálculo pero ahora ha de aplicar el método establecido por la Unión Europea (UE). En rigor todavía puede aplicar un criterio alternativo pero, como máximo, al 20 % de las emisiones de GEI que han generado, en el país donde han sido fabricados, los productos que usted importa.
La lógica de este potente mecanismo es nivelar el coste soportado por un fabricante de un producto similar en territorio UE y otro extracomunitario. No se pretenden nivelar todos los costes; sólo por costes soportados por emitir GEI en el proceso de fabricación. Así las cosas y ajustándonos a la narrativa de sus diseñadores, este ajuste «en frontera» desincentiva a las empresas europeas a desmantelar sus plantas de producción para levantar otras nuevas en países menos estrictos con la normativa medio ambiental. En palabras de los guionistas de esta narrativa, así se evitará la fuga de carbono desde la UE al resto del mundo.
Naturalmente la fuga de carbono es un eufemismo que ha hecho fortuna como otros bien asentados como la «solución habitacional», la «interrupción voluntaria del embarazo» o el «buen vivir». No es difícil asentar un eufemismo en el inconsciente colectivo si cuentas con el presupuesto público para financiar la publicidad y el aparato sancionador (blando o duro) para golpear al contestatario. La realidad es que no se fuga el carbono. Se fugan las empresas, desaparecen los puesto de trabajo y, ahora sí, después de cerrar las factorías y despedir a quienes trabajaban, las emisiones que antes se generaban en la UE pasan a repartirse por el resto del mundo.
La fuga de carbono es un eufemismo que ha hecho fortuna como la «solución habitacional», la «interrupción voluntaria del embarazo» o el «buen vivir»
Curiosamente la misma lógica la podía haber empleado la UE hace décadas para evitar la fuga de empresas que se trasladaban a países donde la normativa laboral era mucho más laxa con los derechos de los trabajadores; jornadas más largas, normas de seguridad e higiene pírricas y un sistema de supervisión de la normativa vulnerable a las corruptelas. Así las cosas, la UE podría haber exigido a cada importador pagar en frontera la diferencia de precio entre su producto y el producto «nacional» debida a que los estándares de protección laboral aquí eran más altos (y costosos) que los de fuera. Finalmente, el producto se hubiese comercializado con un precio superior y el incentivo a deslocalizar empresas europeas hubiese sido marcadamente menor. Nada de esto se hizo. Hubo que esperar a convertir a la UE en abanderada de la lucha contra el calentamiento global para aplicar un sistema que podría haberse utilizado para corregir otras diferencias tanto o más importantes.
Echando el balón al suelo –si se me permite la expresión– en la práctica el sistema podría llevarnos a lo siguiente. Supongamos en el proceso de fabricación de una tonelada de cemento en la sevillana localidad de Alcalá de Guadaira, la cementera tiene que comprar diez derechos de emisión que cotizan en el mercado europeo a casi 80 euros cada uno (es el precio real de estos días). En ese mismo momento, una cementera ubicada en Fontana (California), tiene que pagar por cada uno de esos diez derechos de emisión 34.43 euros. Así las cosas, si usted importa cemento californiano, tendrá que declarar en su informe trimestral una diferencia de 45.57 euros por cada derecho de emisión de «su producto» y liquidar esa diferencia a la autoridad aduanera de su país por trimestre vencido. Casi al mismo tiempo usted trasladará al precio final de «su» cemento californiano este incremento de coste. Ahora, en todas las construcciones y reformas, el precio del cemento europeo y el californiano se pagarán a precios menos desequilibrados.
Es posible que usted diga que esto del CBAM es técnicamente un arancel a la importación, pero los guionistas de su narrativa le dirán que no es un instrumento fiscal (porque así procede argumentarlo) y que no transgrede ninguna norma de la Organización Mundial de Comercio –OMC– (porque es lo que toca decir). Naturalmente el guionista puede decir lo que quiera (el papel o la pantalla lo aguanta todo), pero algunos países tan económicamente fibrosos como la India, tienen otra opinión y se plantean denunciarlo ante la OMC.
Imaginemos ahora que la administración Trump argumenta que va a establecer un arancel a determinados productos europeos (pongamos ) para contrarrestar al CBAM. No habrá nada que temer. Los guionistas ya nos convencerán de que es una excentricidad. Acaso tan grande como lo hubiera sido establecer un mecanismo similar para equilibrar a la empresa europea con la de los países laxos con la normativa que protege a los derechos laborales. Seguro que sí.
- José Manuel Cansino es catedrático de Economía Aplicada de la Universidad de Sevilla, profesor de San Telmo Business School y académico de la Universidad Autónoma de Chile / @jmcansino