
El importe de esta prestación se revaloriza periódicamente para ajustarse al coste de vida
¿No llegas al mínimo de cotización? La Seguridad Social ofrece esta ayuda de 568 euros
Más allá de la edad y la residencia, uno de los factores determinantes para la concesión de esta pensión es la situación económica del solicitante
Alcanzar la edad de jubilación sin haber cotizado lo suficiente para acceder a una pensión es una situación que afecta a muchas personas en España. Por ello, la Seguridad Social ofrece una alternativa en forma de pensión no contributiva, destinada a garantizar ingresos mínimos a quienes no cumplen los requisitos de cotización para acceder a una pensión contributiva.
En este sentido, las personas en situación de vulnerabilidad podrán cubrir sus necesidades básicas gracias a este respaldo económico. Además, no solo alivia la carga financiera de quienes no han cotizado lo suficiente, sino que también les garantiza acceso a asistencia médica gratuita y otros beneficios sociales.

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Si estás interesado en acceder a esta ayuda, debes cumplir una serie de requisitos relacionados con la edad, la residencia y los ingresos económicos. En primer lugar, es necesario haber cumplido 65 años en el momento de presentar la solicitud.
Además, es imprescindible haber residido en España durante al menos 10 años a lo largo de la vida, de los cuales al menos dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.Factores determinantes
Tras lo mencionado, uno de los factores determinantes es la situación económica del solicitante. Para acceder a esta ayuda en 2025, el límite de ingresos personales anuales es de 7.905,80 euros. No obstante, si el solicitante convive con familiares, la unidad económica de convivencia no puede superar ciertos umbrales de ingresos, que varían según el número de miembros.
límites
- Para dos convivientes, la suma de los ingresos no debe superar los 13.439,86 euros anuales.
- Si en el hogar hay tres convivientes, el máximo permitido es 18.973,92 euros.
- Si hay cuatro convivientes, el límite asciende a 24.507,98 euros.
- En los casos en los que haya familiares de primer grado (padres o hijos), los límites son aún mayores, alcanzando los 33.599,65 euros anuales para dos personas, 47.434,80 euros para tres personas y 61.269,95 euros para cuatro convivientes.
El importe de la prestación se revaloriza periódicamente para ajustarse al coste de vida. Para 2025, el Consejo de Ministros aprobó un incremento del 6,9 %, elevando la cuantía anual a 7.905,80 euros, lo que equivale a 568,70 euros al mes en 14 pagas.
Por último, cabe destacar que esta ayuda no es compatible con otras prestaciones no contributivas, como la pensión de invalidez. Además, quienes la perciben tampoco pueden combinarla con una pensión de viudedad.