Alquiler
¿Cómo me afecta el índice del INE para la actualización del alquiler?
Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece cuándo y cuánto puede incrementar la renta del alquiler el propietario de la vivienda
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado por primera vez el índice de referencia para la actualización anual de los contratos en alquiler, y que afectará a todos los arrendamientos desde el 25 de mayo de 2023.
La legislación vigente establece límites claros y procedimientos específicos para cualquier incremento en el precio del arrendamiento. Según el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la actualización de la renta de alquiler no puede realizarse de forma automática, a menos que el contrato de arrendamiento incluya una cláusula explícita que lo permita. Por ello, es fundamental que el inquilino revise con atención el contenido del contrato para verificar si se contempla esta posibilidad. Si no se menciona nada al respecto, el propietario no tiene derecho a incrementar el importe del alquiler.
En caso de que exista una cláusula que permita la actualización, esta deberá cumplir con los límites y condiciones establecidos por la normativa vigente. Esto garantiza que cualquier modificación en la renta sea legal y esté regulada de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Ley.
Límites a la subida del alquiler en 2025
El pasado 20 de diciembre el Instituto Nacional de Estadística (INE) publicó el nuevo índice de actualización anual de los contratos de alquiler de vivienda, cumpliendo con lo establecido en la Ley de Vivienda.
A partir del 1 de enero, se aplica un nuevo índice de referencia que se basa en varios factores. Este índice considera tanto el IPC (Índice de Precios al Consumo) como el IPC subyacente, además de las diferencias mensuales entre las tasas de crecimiento anual de estos indicadores. También incluye un parámetro adicional propuesto por la Dirección General de Política Económica, relacionado con las expectativas de crecimiento a largo plazo de dicho índice.
Las actualizaciones se producen de forma anual, por lo que los miles de caseros que tengan que revisar en enero de este año el alquiler de sus inquilinos podrán aplicar como máximo una subida del 2,2 %, aunque también existe la posibilidad de prorrogar la renta durante cinco años si el propietario de la vivienda es un particular o hasta siete años si es un gran inversor.
Los alquileres se actualizaban tradicionalmente en la mayoría de los casos con el IPC, pero hace casi dos años cuando la inflación se disparó tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia, el Gobierno decidió en abril de 2022 limitar la subida de los alquileres al 2 % y, posteriormente, en 2024, al 3 %.
¿Cuándo puede subir el precio de mi alquiler?
La normativa indica que cualquier subida en la renta del alquiler solo puede efectuarse al completar un año desde la firma del contrato. Por ejemplo, si el contrato comenzó en mayo, el arrendador podrá ajustar el precio del alquiler a partir de mayo de 2025.
A modo de ejemplo, para un alquiler firmado en enero de 2024 con una renta de 900 euros que toque revisarse ahora, una vez cumplido el año, podrá aplicarse como máximo una subida del 2,2 %, lo que permitiría al propietario aumentar la renta 19,8 euros, hasta los 919,8 euros.
Asimismo, el propietario tiene la obligación de informar al inquilino con antelación sobre el aumento, respetando los plazos y las condiciones establecidas en el acuerdo de arrendamiento.