Tribunales
El Supremo se opone por unanimidad al indulto total de Juana Rivas
El Alto Tribunal rechaza la concesión de una medida de gracia total y no alcanza la mayoría para la parcial como pedía la Fiscalía. Ocho votos a favor y ocho en contra han situado a la Sala Segunda en un empate técnico sin voto de calidad de su presidente, el juez Manuel Marchena
Tal y como avanzó El Debate, el informe del Supremo sobre el indulto total propuesto por el Gobierno, y respaldado parcialmente por la Fiscalía, para Juana Rivas, ha sido negativo. El caso de la madre malagueña que fue condenada a dos años y medio de prisión por secuestrar a sus dos hijos menores de edad, en 2017, no ha logrado el consenso mayoritario en el seno del Alto Tribunal ni, como era previsible, la unanimidad. El Supremo ha hecho público este jueves el sentido del texto preceptivo, pero no vinculante que, como tribunal sentenciador al ser el último que la condenó, presentará el Ejecutivo con su recomendación en contra de la medida de gracia. Fuentes próximas al Alto Tribunal ya habían avanzado a El Debate que, si bien, tendría que abordarse esta última sesión para que el Pleno de la Sala Segunda, presidido por el juez Manuel Marchena, alcanzase una mayoría sobre la cuestión parcial, el contenido del texto estaba muy avanzado y se daría a conocer esta misma semana. La deliberación, en esta segunda posibilidad, se ha saldado con empate técnico.
El Supremo se ha opuesto por unanimidad a la concesión de un indulto total para Juana Rivas y tampoco ha alcanzado una mayoría mínima para apoyar el indulto parcial que sí respaldaba la tesis del Ministerio Público para la malagueña condenada, por un delito de sustracción de sus dos hijos menores, a dos años y seis meses de prisión.
En cambio, ocho de los magistrados que han integrado el Pleno de la Sala Segunda de lo Penal se han mostrado a favor del indulto parcial y otros ocho en contra del mismo. Por ello, finalmente el tribunal ha resuelto enviar un informe al Gobierno en el que se recojan ambas posturas y los argumentos que sustentan cada una.
El Debate desveló que, consultadas varias de las fuentes próximas a la causa, el acuerdo entre los dieciséis magistrados que integran el Pleno «se dará más pronto que tarde» aunque veían «difícil una posición favorable».
No en vano, el doble escenario en el que se ha movido el Supremo, en la cuestión del indulto parcial, y que ha llevado al empate técnico, ya que en estos casos el presidente de la Sala no tiene voto de calidad, ha pivotado entre los partidarios de conceder el indulto parcial a Rivas para rebajar en seis meses la pena impuesta en firme por el propio tribunal y eliminar así la ejecución de la misma, esto es, que de facto pueda quedar en libertad sin ninguna medida de control; y, los que, por el contrario, consideraban que dicha posibilidad no resultaría beneficiosa, toda vez que ya se rebajó la condena inicial de la instancia anterior y que, en la práctica, la madre malagueña ya está cumpliendo el tiempo de su sanción de una manera muy benévola, en su domicilio.
En este último bloque, aquellos para quienes una vez analizado el caso concreto, aplicadas todas las consideraciones posibles al mismo y reducida la pena de la Audiencia de Granada a la mitad, no hay justificación jurídica para eliminar un reproche por «la desobediencia en el cumplimiento de una orden judicial». No en vano, Juana Rivas desoyó la decisión de un tribunal que ordenaba que sus dos menores hijos se quedasen a cargo de su expareja y los sustrajo de su compañía para ocultarse con ellos.
«Flaco favor se estaría haciendo al mensaje de respeto a la Justicia» y «nula pedagogía y efecto disuasorio» a futuro, ante eventuales situaciones como la de Rivas, «si se conmuta la pena», han apuntado fuentes próximas a la causa.
Además, «asumir como piden quienes defienden la concesión del indulto que la condena impide el contacto de la condenada con sus hijos es insostenible. De justificar esto se abriría la puerta a que todos los presos condenados de España, que por estar en prisión no pueden ver a sus hijos si los tienen, solicitasen su indulto por este mismo motivo», han subrayado los detractores del mismo.
La Sala ha explicado que su función es la de ilustrar al Gobierno sobre los elementos que recomiendan o desaconsejan hacer uso del derecho de gracia. En este caso, el Tribunal ha concluido que el cumplimiento de esa función, con el criterio dividido de los integrantes de la Sala, «en nada se resiente, antes al contrario, se enriquece con la conjunta exposición de las razones sostenidas por unos y otros».