Causas Pendientes
El CGPJ arranca el año judicial preparado para un choque institucional con el Gobierno
La reforma exprés del Ejecutivo para desbloquear los nombramientos vetados al máximo órgano de los jueces, sólo para la renovación del Constitucional, dará a los socialistas la mayoría progresista en el TC
La fecha límite fijada por Pedro Sánchez para que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decida los nombres de los nuevos magistrados llamados a renovar el Constitucional –que darán la mayoría, y por lo tanto el control del órgano de garantías, al sector progresista– se ha fijado el próximo 13 de septiembre. El CGPJ apura los trámites para cumplir, en un Pleno extraordinario convocado el 8 del mismo mes, con una fecha que, a juicio de algunos de sus miembros es «precipitada» e, incluso, para otros, «inasumible». El «choque institucional» al que se ha abocado al Poder Judicial frente al Poder Ejecutivo «marcará la agenda» en el arranque del nuevo curso, advierten fuentes próximas al seno del Consejo.
Ni «hay nombres» de consenso, ni está claro que todos los miembros «deban participar en la elección de los candidatos» dados los «intereses» que algunos de ellos ostentan en el trámite, apuntan las mismas fuentes. Sin ir más lejos, la mujer de Cándido Conde-Pumpido, candidato de la Moncloa a presidir el nuevo Constitucional, tendría que «abstenerse» como vocal del Pleno. Hay mucho en juego. Las leyes más ideológicas aprobadas por PSOE y Podemos han sido recurridas desde la oposición ante un Tribunal de Garantías que todavía está pendiente de resolverlas. Del signo del mismo dependerá que no sean anuladas.
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El plan inicial del Gobierno pasaba por una rebaja de las mayorías parlamentarias necesarias, en Congreso y Senado, que redujese los tres quintos actualmente necesarios para el nombramiento de los vocales del CGPJ a una mayoría absoluta. El proyecto fracasó tras la intervención de la Unión Europea (UE) pero a cambio, y de manera exprés, el pasado 29 de marzo se aprobaba una modificación normativa –la Ley Orgánica 4/21– que limitó las competencias del CGPJ, actualmente en funciones prorrogadas, para privarlo de su potestad constitucional de nombramientos discrecionales.
Desde entonces, y así las cosas, el Ejecutivo daba un nuevo giro de tuerca al ordenamiento y, sin escuchar a las partes interesadas, antes del verano, desbloqueaba el veto por el mismo método de la tramitación de urgencia, pero sólo para la renovación del Constitucional, pendiente desde el pasado mes de junio. La maniobra provocó todo tipo de críticas en el seno de la Justicia española, que señalaba al Gobierno para afearle la utilización del CGPJ para sus nombramientos de «quita y pon»; y, llevaba al propio Consejo a dirigirse a Europa informando de las intenciones de Sánchez que aspira a que tras la renovación del TC, la nueva mayoría afín a las posiciones socialistas. Un escenario que llevaba a los magistrados progresistas a exigir dimisiones en el seno del máximo órgano de los jueces.
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Mientras tanto, Gobierno y oposición mantienen posturas opuestas en la materia, en un tira y afloja que Europa mira con recelo tras advertir que, más allá de sus repetidas recomendaciones, intervendrá en el caso de que las injerencias políticas se prolonguen sobre la Justicia de nuestro país.
El fondo del asunto
La última maniobra de Sánchez para intervenir el Constitucional sólo responde a «dos razones», apuntan a El Debate fuentes próximas al órgano de garantías. No en vano, de acuerdo «el propio Preámbulo de la norma» que ha proporcionado al Gobierno la posibilidad de hacerse con el control del TC, alude como fin último a «un medio para favorecer la renovación». Una renovación que «resulta fundamental de cara a salvaguardar la legitimidad del órgano». Es decir, a juicio del legislador la falta de acuerdo parlamentario para la renovación del Consejo, ha conllevado un déficit de legitimidad democrática, que le lleva a afirmar que hacer tales nombramientos supondría «una injerencia en las legítimas atribuciones del Consejo entrante».
De nada sirvieron las peticiones que, con carácter previo a la aprobación de la polémica reforma, el Pleno del CGPJ hizo para ser oído, de acuerdo con los estándares europeos, y avanzando los severos daños que se iban a causar en el normal funcionamiento de los tribunales de Justicia –especialmente en el Supremo, al límite de vacantes– si la ley era finalmente aprobada.
Tampoco han surtido efecto, por el momento, los recursos de inconstitucionalidad planteados por Partido Popular y Vox contra dicha ley, al atentar contra el artículo 122.4 de la Constitución, que atribuye al CGPJ como competencia nuclear la de hacer los nombramientos. Ninguno de ambos han sido todavía resueltos, «pese a su trascendencia», se lamentan en el seno del Consejo.
Silencio del TC tras la «contrarreforma»
El Consitucional debe renovarse en un tercio, desde el pasado mes de junio -con la salida de los dos magistrados propuestos en su día por el PP y los dos nombrados por el CGPJ, uno conservador, progresista el otro- cambiando, por lo tanto, el régimen de mayorías. Sin embargo, y pese a varios intentos y anuncios, el Gobierno se da cuenta de que la renovación de los cuatro ha de producirse en bloque. Esto es, el Ejecutivo no puede designar a sus dos candidatos si el CGPJ no nombra, en paralelo, a los dos de sus cuota. Y es ahí, precisamente, donde chocan con la reforma que PSOE y Podemos impulsaron y aprobaron para prohibir al Consejo hacer nombramientos.
La contrarreforma operada por la Ley Orgánica 8/2022, de 27 de julio, llega con la intención de «resolver» las dificultades que el texto de su propia reforma anterior entraña para la renovación de los órganos constitucionales. «Es decir, el nuevo régimen que la Ley Orgánica 4/2021 establece para el Consejo General del Poder Judicial cuando este pasa a estar en funciones no contempla la facultad de nombrar a los dos Magistrados del Tribunal Constitucional que le corresponde designar, lo que abocaría a esperar a la renovación del Consejo para dicha designación», recoge el Preámbulo de la Ley Orgánica 8/2022, de 27 de julio, de modificación de los artículos 570 bis y 599 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
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Una «rectificación» que los juristas consultados por El Debate consideran «incompleta», ya que sólo contempla los nombramientos del Tribunal Constitucional pero no los de la Jurisdicción ordinaria, que como recordó el CGPJ en su acuerdo plenario de 11 de julio, «tan Órgano Constitucional es el Tribunal de Garantías como lo son los Juzgados y Tribunales, servidos por jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial (art. 117.1. CE) cuyo superior, en todos los órdenes, es el Tribunal Supremo, de acuerdo con el art. 123.1 de la CE. Norma ésta que a su vez también confiere rango constitucional a la Jurisdicción Militar conforme a su artículo 117.5.».
Y, en todo este caos, ni una sola palabra del propio Constitucional sobre el fondo del asunto. Silencio ante los dos recursos planteados contra la ley que prohibe, de ordinario, hacer nombramientos al CGPJ, en funciones prorrogadas, pero que salva el escollo en el caso del Constitucional que ha de resolver, a su vez, sobre los recursos de las normas más ideológicas aprobadas por el Gobierno de Pedro Sánchez.
La parálisis del Supremo
Los problemas de la imposibilidad de hacer nombramientos afectan gravísimamente al Supremo, en este momento, mucho más que al Constitucional su falta de renovación. «Hay más de 70 plazas pendientes de renovación en los tribunales españoles, y las vacantes en el Alto Tribunal representan, aproximadamente, el 20 % de su plantilla», lamentan fuentes judiciales.
La reforma es, pues, incompleta pero también «incoherente», consideran las mismas fuentes. «¿Por qué en la ley 4/21 se dice que los vocales del CGPJ carecen de legitimidad democrática para hacer los nombramientos y sin embargo en la que se acaba de aprobar ya se les considera legitimados. Eso sí, sólo para los del TC?», se preguntan.