Nueva cesión al separatismo: el PSOE plantea reformar el artículo que retiró el escaño a líderes del procés
Los socialistas plantean al PDeCAT –que pide su derogación– una enmienda transaccional para limitar el alcance del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Solo hace dos días que se aprobó la proposición del PSOE y Podemos que incluía, entre otras cosas, la supresión de la sedición y la rebaja de las penas por el delito de malversación, pactado con ERC, un nuevo paso en la hoja de ruta de Pedro Sánchez y el independentismo catalán. Ahora, los socialistas se abren a realizar la enésima cesión al separatismo.
Según una información que publica Europa Press, el Gobierno está abierto a acometer una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para rebajar el alcance de la aplicación del artículo que permitió suspender el acta de diputado en el Congreso y en el Parlamento de Cataluña a varios líderes del procés mientras estaban procesados por el referéndum ilegal, pero sin haber sido condenados todavía.
Se trata del artículo 384 bis de la citada ley, que recoge que: «Firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión».
Fue aplicado en 2018 para retirar el acta de diputado en el Parlament a Raül Romeva, Oriol Junqueras, Josep Rull y Jordi Turull i Negre, y un año después, para suspender de su condición de diputado a los tres últimos y a Jordi Sánchez en el Congreso. Asimismo, se ha utilizado para suspender del cargo público a otros políticos independentistas.
El PSOE ha ofrecido al PDeCAT –que plantea su derogación– retocar a la baja este artículo, a través de una enmienda transaccional que limite su alcance, de manera que la suspensión del cargo público se produzca en los casos en los que el delito por el que han sido procesados sea «grave o muy grave» y medie «violencia o intimidación».
Así, la enmienda planteada por los socialistas, a la que ha tenido acceso Europa Press, prevé que «sin perjuicio de lo que se establezca en las regulaciones de los distintos empleos y profesiones públicas», cuando sea «firme el auto de procesamiento, sólo se podrá acordar la suspensión de cargo u oficio público, concretando su alcance», cuando concurran ciertos requisitos.
Estos son: «que el delito por el que se procesa sea grave o muy grave, lleve aparejada una pena de inhabilitación o suspensión de igual naturaleza y se haya cometido con violencia o intimidación», que «la medida cautelar resulte necesaria para prevenir el riesgo de comisión de hechos delictivos concretos relacionados con el que es objeto del proceso» y que «sea solicitada por el Ministerio Fiscal o por acusación personada».
Esta oferta se ha producido en el marco de la tramitación de la ley de eficiencia procesal, que aún se discute en la Comisión de Justicia del Congreso, aunque no se introducido durante el debate de las enmiendas de la reforma del Código Penal. No obstante, el PDeCAT todavía no ha dado su visto bueno a esta propuesta del PSOE.
El partido independentista catalán es partidario de que se derogue este artículo, y lo ha planteado mediante enmiendas a dos leyes, sin ir más lejos, la pasada semana durante la tramitación de la citada reforma del Código Penal que eliminó el delito de sedición y rebajó la malversación.
El diputado del PDeCAT Genís Boadella ve el artículo 384 bis «absolutamente extemporáneo, puesto que su aprobación fue fruto de un contexto en el que la actividad terrorista era notoria y constante». La formación reclama su derogación «en aras de evitar que se vuelvan a lesionar los derechos de los electores y los representantes electos y así evitar violaciones del artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos».