Dudas sobre la validez de su registro
Los precedentes que podrían obligar a Díaz a cambiar el nombre y el logo de Sumar
La Junta Electoral Central ha resuelto en distintas ocasiones que las características de una coalición no deben confundirse con los atributos de uno de los partidos que la integran, como sucede con la plataforma de la vicepresidenta segunda
No está todo dicho en Sumar, y no solo en cuanto a las listas electorales para las elecciones generales del 23 de julio se refiere. La Junta Electoral Central, el órgano que vela por «garantizar la transparencia del proceso electoral y supervisar la actuación de la Oficina del Censo Electoral» ha emitido varios acuerdos en el pasado que ponen en entredicho la validez de la coalición de Yolanda Díaz.
El motivo es que, para no confundir al electorado, una coalición no puede compartir denominación, ni siquiera aproximada, con uno de los partidos que la integran. Y Tampoco el logotipo. Y esto es justo lo que ocurre con el proyecto político de la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo: una coalición llamada Sumar y un partido denominado Movimiento Sumar cuya imagen comparte una línea horizontal bien sobre una 'S' bien sobre la palabra 'Sumar'.
En 1987, hace ahora 36 años, el Partido Demócrata Popular, una formación que se integró en Democracia Cristiana al año siguiente para después converger con el Partido Popular y entre cuyos miembros estaban Jaime Mayor Oreja, Javier Arenas o José Ignacio Wert, realizó una consulta a la JEC que hoy recupera totalmente su vigencia.
Preguntaron sobre la «posibilidad de que una coalición electoral integrada por dos partidos políticos utilice como denominación solamente la de uno de los partidos coaligados, con independencia de que junto al nombre de cada candidato se haga constar el partido a que pertenece». La Junta Electoral Central acordó entonces que «no cabe admitir tal posibilidad por cuanto la denominación de una coalición es cuestión de orden público que afecta a los derechos de los electores y a la transparencia del proceso electoral y no debe inducir a confusión al electorado».
Esta situación es exactamente la misma que se da con Sumar. Pero aquí no acaban los ejemplos. En 1995, le ocurrió lo mismo a la coalición Los Verdes, que pretendía presentarse con este nombre en las elecciones locales de la Comunidad de Madrid y en Castilla-La Mancha. La JEC descartó entonces a otro grupo «por coincidir plenamente con la denominación y símbolo utilizado por la coalición cuya constitución se hizo constar ante la Junta Electoral Central el 5 de abril de 1995 por los representantes de Grupo Verde y Verdes (Federación Verde), con el nombre de Los Verdes-Grupo Verde».
Ya en 2010, la JEC sentó doctrina sobre el asunto de los logotipos de las coaliciones, cuando acordó que el «símbolo común tampoco puede coincidir con el de una de las formaciones políticas que integran la coalición, puesto que podría conducir al error en el electorado». En la siguiente imagen se puede comprobar el parecido entre el símbolo inscrito por Movimiento Sumar ante el registro de partidos del Ministerio del Interior y el que empleará Yolanda Díaz en las papeletas del 23-J, que también aparece en su página web o redes sociales.
En el caso de la página web de la asociación Sumar, germen del partido político, registrado justo después de que el presidente del Gobierno convocara elecciones, la tipografía es la misma que la de la coalición. En este caso, la página web que presentó Díaz ante el Departamento encabezado por Fernando Grande-Marlaska (www.movimientosumar.es) sigue sin estar operativa y no comparte la URL con la de la asociación (https://sumarfuturo.info/).
En 2011 la JEC se reafirmó en la decisión sobre el logo del año anterior y acordaba que «como indicó esta Junta en su Acuerdo de 14 de octubre de 2010, el símbolo común de una coalición no puede coincidir con el de una de las formaciones políticas que integren la coalición. En consecuencia, deberá procederse a subsanar el símbolo propuesto de la citada coalición para que ésta se entienda válidamente constituida».
En 2022, este organismo volvía a responder sobre otra consulta que «la doctrina de la Junta Electoral Central es contraria a que una coalición electoral tenga la denominación exclusiva de uno de los partidos políticos que la integran».
Sin embargo, una vez vencido el plazo para presentar las coaliciones para el 23-J, la propia JEC emitía el listado de «Coaliciones electorales válidamente constituidas ante la Junta Electoral Central», entre las que se encontraba, en último lugar, la de Yolanda Díaz.