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08 de septiembre de 2024

La candidata de Sumar a presidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, durante el acto de cierre de campaña de Sumar, en el Anfiteatro del Parque Tierno Galván, a 21 de julio de 2023, en Madrid (España). Este es el último acto de la campaña electoral del PSOE de cara a las elecciones generales del próximo domingo 23 de julio. Durante esta fiesta de cierre de campaña, Yolanda Díaz, está acompañada por los líderes de Podemos, Más Madrid, ‘los comunes’ e IU. Los líderes del PSOE, de Vox y de Sumar, han coincidido en la elección de Madrid para el último acto de campaña.
Alberto Ortega / Europa Press
(Foto de ARCHIVO)
21/7/2023

La líder de Sumar, Yolanda Díaz, durante el acto de cierre de campaña de Sumar para el 23-JEuropa Press

El artículo que esgrime Sumar para justificar la amnistía data de 1882 y en una ley que pone multas en pesetas

Cuando el precepto al que hace mención el partido de Yolanda Díaz entró en vigor, en España estaba recogida la pena de muerte, que debía ejecutarse «en garrote sobre un tablado»

Justo después de la ronda de consultas con Su Majestad Felipe VI, el pasado 21 de agosto la líder de Sumar, Yolanda Díaz, expresó en el Congreso de los Diputados que, «en relación con la amnistía» a los políticos independentistas, «nosotros hemos hecho lo que hay que hacer, lo que siempre he hecho en el Gobierno de España: concitar a los mejores profesionales para que formulen las salidas jurídicas pertinentes». «En la LECrim, en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se habla también de estas cuestiones», agregó Díaz.

Por su parte, Jaume Asens –cabeza de lista de Sumar por Barcelona y persona designada por la coalición para negociar con Puigdemont– ha concretado a qué artículo de la mencionada norma se refería Díaz. En una entrevista en El País, Asens fue preguntado si sería necesario modificar la LECrim para que poder llevar una amnistía a los líderes independentistas, a lo que contestó que «no hace falta» porque «su artículo 666.4 ya prevé la amnistía como causa de extinción de responsabilidad criminal. Es otra prueba de su constitucionalidad».

Una ley decimonónica

La Ley de Enjuiciamiento Criminal fue publicada en la Gaceta de Madrid, antecesora del BOE, el 17 de septiembre de 1882. La norma estaba impulsada por el entonces Ministro de Gracia y Justicia, Manuel Alonso Martínez –que da nombre a una importante plaza del centro de Madrid–, y sancionada por Alfonso XII, tatarabuelo del actual Rey Felipe VI.

En los más de 140 años que lleva en vigor, la LECrim ha sido modificada en numerosas ocasiones. Sin embargo, el artículo 666 al que hace mención Sumar ha permanecido inalterable desde su promulgación. La disposición señala en su cuarto epígrafe que «serán tan sólo objeto de artículos de previo pronunciamiento las cuestiones o excepciones siguientes» la «de amnistía o indulto».

Asimismo, hay muchos de los preceptos de la LECrim que nunca se han reformado, y aunque sigan vigentes, se encuentran completamente desfasados.

El párrafo segundo del artículo 171 afirma que «si la persona a quien se haga la entrega no supere firmar, lo hará otra a su ruego; y si no quisiere, firmarán dos testigos buscados al efecto. Estos testigos no podrán negarse a serlo, bajo la multa de 25 a 100 pesetas». Esta sanción, al cambio actual, es de entre 15 y 60 céntimos, y en España la tasa de alfabetización es del 98,44 %.

«Si la omisión en dar parte fuere de un Profesor en Medicina, Cirugía o Farmacia y tuviese relación con el ejercicio de sus actividades profesionales, la multa no podrá ser inferior a 125 pesetas ni superior a 250», establece a su vez el artículo 262.

Garrote vil

Además, cuando el artículo que esgrime Sumar para justificar la amnistía se incorporó al ordenamiento jurídico español, se encontraba vigente el Código Penal (CP) de 1870, que recogía –entre otras cosas– que «la pena de muerte se ejecutará en garrote sobre un tablado».

«El cadáver del ejecutado quedará expuesto en el patíbulo hasta una hora ántes de oscurecer, en la que será sepultado, entregándolo a sus parientes ó amigos para este objeto, si lo solicitaren. El entierro no podrá hacerse con pompa», agregaba el articulado.

De hecho, tanto el PP como el PSOE se han comprometido en sus sendos programas electorales del 23-J a reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para, en ambos casos, hacer más «ágil» el procedimiento penal.

La Constitución y el CP actual

La amnistía que propone Yolanda Díaz tiene como escollo el artículo 62 de la Constitución Española, que prohíbe los «indultos generales». De igual manera, el artículo 130 del actual Código Penal de 1995 sostiene que «la responsabilidad criminal se extingue» por «el indulto», sin hacer mención ninguna a la amnistía.

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