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Sofía Hernanz, Alfonso Rodríguez, Meritxell Batet, Gerardo Pisarello y Adolfo Suárez

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El acta de la reunión en la que la Mesa del Congreso vetó la amnistía en 2021: el letrado fue tajante

El Debate publica los pormenores de la decisión que sus miembros adoptaron el 23 de marzo de 2021, después de escuchar un informe jurídico leído por el secretario general de la Cámara

En la mañana del 23 de marzo de 2021, la Mesa del Congreso se reunió bajo la presidencia de Meritxell Batet, como casi todos los martes. Entre las iniciativas sobre las que ese día debía decidir el órgano de gobierno de la Cámara Baja estaba la admisión a trámite, o no, del escrito número 122/000132/0000: una proposición de ley orgánica de los grupos parlamentarios de ERC y Plural (Junts, la CUP y el PDeCAT) de Amnistía y resolución del conflicto político entre Cataluña y el Estado español, que así lo bautizaron.

La Dirección de Asesoría Jurídica del Congreso había elaborado un informe preliminar aconsejando la inadmisión a trámite de la proposición de ley, porque los letrados consideraron que se trataba de un «indulto de carácter general» camuflado. Y que, por tanto, era contraria al artículo 62 i) de la Constitución: «Corresponde al Rey ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales».

El final de la reunión es conocido, porque estos días ha vuelto a estar a actualidad, a propósito de la amnistía en la que trabajan los socialistas y Sumar: la proposición de ley fue vetada con los votos del PSOE, PP y Vox. Solo los dos representantes de Unidas Podemos votaron a favor de dar luz verde a su tramitación.

Ahora, El Debate ha accedido en exclusiva el acta de aquella reunión, con los argumentos que allí se dieron, así como también al informe jurídico que encargó la propia Batet. En el relato se especifica cómo el vicepresidente primero del Congreso, el socialista Alfonso Rodríguez Gómez de Celis, mostró su total conformidad con el informe jurídico, en nombre del PSOE.

Y cómo solo Gerardo Pisarello, secretario primero de la Mesa y diputado de Unidas Podemos, se opuso vivamente a inadmitir la proposición de ley de amnistía. En estos términos: «El Sr. Pisarello pone de relieve que existe un debate doctrinal abierto en cuanto a la pertinencia o no de una ley de amnistía, teniendo en cuenta que el artículo 62 i) de la Constitución no menciona esta figura pero tampoco la excluye. Por ello, advierte, no cabe entender que existe palmaria y evidente inconstitucionalidad, procediendo la admisión a trámite de la iniciativa por la Mesa de la Cámara, la cual no puede hurtar al Pleno del debate político en relación con esta cuestión, arrogándose el ejercicio de una suerte de control preventivo de constitucionalidad que no le corresponde».

Alfonso Rodríguez Gómez de Celis, vicepresidente primero del Congreso

Alfonso Rodríguez Gómez de Celis, vicepresidente primero del CongresoEFE

Al llegar a ese punto del orden del día tomó la palabra el secretario general del Congreso, Carlos Gutiérrez Vicén, máximo funcionario de la Cámara y jefe de la Asesoría Jurídica. A puerta cerrada, él fue el encargado de leer, casi de forma textual, el informe de los letrados, que se resume en este párrafo: «Con independencia de cómo se titule y del objetivo de la proposición de ley analizada, ésta contiene en sí misma todos los elementos de un indulto de carácter general». Algo a todas luces inconstitucional.

El acta comienza así: «El Sr. Secretario General señala que por medio de la presente Proposición de Ley Orgánica se pretende que, 'queden amnistiados todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuera su resultado, tipificados como delitos o como conductas determinantes de responsabilidad administrativa, llevadas a cabo desde el 1 de enero de 2013 y hasta el momento de la entrada en vigor' de esta norma, previendo que 'se entenderá como intencionalidad política cualquier hecho vinculado a la lucha democrática por la autodeterminación de Catalunya'».

Y continúa: «Asimismo, prosigue el Sr. Secretario General, se recoge en el artículo 1 que 'en cualquier caso, se considerarán actos de intencionalidad política cualquier hecho vinculado a la preparación, organización, convocatoria, financiación, favor, promoción, ejecución y celebración tanto de procesos participativos sobre el futuro político de Catalunya del 9 de noviembre de 2014 como del referéndum de autodeterminación del 1 de octubre de 2017, así como de los actos de protesta en la vía pública que, con el fin de defender el citado referéndum o criticar las actuaciones de las autoridades gubernamentales o jurisdiccionales hubiesen sido objeto de persecución penal...'. Por otra parte, añade, en la disposición adicional única se relacionan una serie de causas penales, (sobre alguna de las cuales, como, por ejemplo, la Causa Especial 20907/2017 seguida ante el Tribunal Supremo ya ha recaído sentencia firme y los condenados por la misma están cumpliendo las penas correspondientes) a las que, en todo caso, alcanzaría la amnistía recogida en la proposición de ley de referencia».

Carlos Gutiérrez Vicén, secretario general del Congreso

Carlos Gutiérrez Vicén, secretario general del CongresoDavid Corral/ Congreso

A continuación, Gutiérrez Vicén dio el golpe de gracia jurídico a la proposición de ley: «Por la manera en la que se definen los hechos que quedarían comprendidos en el ámbito objetivo de la ley y especialmente por la forma en que se concreta el alcance del concepto de intencionalidad política, así como por la individualización de los procedimientos que se hace en la citada disposición adicional única, cabe concluir, indica el Sr. Secretario General, que con independencia de cómo se titule y del objetivo de la proposición de ley analizada, ésta contiene en sí misma todos los elementos de un indulto de carácter general. A este respecto ha de recordarse que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 62 i) de la Constitución, no caben en nuestro sistema constitucional los indultos generales. En consonancia con ello, frente a la previsión del Código Penal de 1973 (artículo 112), en el vigente Código Penal de 1995 (artículo 130) no se contempla como causa de extinción de la responsabilidad criminal la amnistía, sino tan solo el indulto que, como se ha señalado, por expresa previsión constitucional solo puede tramitarse y concederse de manera individual. Por todo lo anterior, el Sr. Secretario General, la proposición de ley de referencia parece entrar en una contradicción palmaria y evidente con lo dispuesto en el artículo 62 i) de la Constitución».

Inmediatamente después, y según el acta de la reunión, tomó la palabra Pisarello para exponer sus quejas, antes relatadas. Tras su intervención, el documento al que ha tenido acceso este periódico continúa: «Los Sres. Gil, Rodríguez y Suárez y la Sra. Pastor se manifiestan de acuerdo con el informe de la Secretaría General». Se trata de Ignacio Gil Lázaro, entonces vicepresidente cuarto de la Mesa del Congreso y diputado de Vox; el antes mencionado Rodríguez Gómez de Celis, número dos de Batet (que repite esta legislatura como vicepresidente primero); Adolfo Suárez Illana, secretario cuarto (que renunció en noviembre de 2022); y Ana Pastor, vicepresidenta segunda de la Cámara.

Meritxell Batet no intervino en ese punto del orden de día, sino que dejó que fuera su segundo quien fijara posición

Batet no intervino, sino que dejó que fuera su segundo quien fijara la posición. El acta termina así, con la Mesa del Congreso asumiendo como propia la conclusión que extraían los letrados en el último párrafo de su informe preliminar: «La Mesa acuerda comunicar a los Grupos Parlamentarios autores de la iniciativa que no procede su admisión a trámite, en la medida en que, de un examen preliminar se desprende que la misma, al suponer la concesión de un indulto general que afecta a una pluralidad de sujetos condenados por sentencia firme entraría en una contradicción palmaria y evidente con lo dispuesto en el artículo 62 i) de la Constitución, de acuerdo con el cual no cabe que la ley autorice indultos generales».

Lo previsible es que, si el grupo parlamentario socialista registra próximamente una proposición de ley orgánica de amnistía (es la herramienta que Sánchez quiere utilizar, como viene contando este diario), la Asesoría Jurídica elabore otro informe al respecto. Ése será uno de los obstáculos que deberán salvar los socialistas, porque los letrados ya fueron muy claros respecto a la iniciativa de los independentistas catalanes. Así que muy fino deberán hilar.

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