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08 de septiembre de 2024

Pedro Sánchez y Cándido Conde-Pumpido

Pedro Sánchez y Cándido Conde-PumpidoEP

Tribunales

Cuando Conde-Pumpido se oponía, como fiscal general, a que el TC anulase las resoluciones del Supremo

El presidente de la Corte de Garantías ha consumado el borrado penal del fraude de los ERE de Andalucía rectificando a la Sala Segunda del Alto Tribunal en un cuestionado «exceso» de sus competencias

La 'amnistía' encubierta del Tribunal Constitucional (TC) al fraude masivo de los ERE que salpicó, durante una década, a los Gobiernos socialistas de Manuel Chaves y José Antonio Griñán en Andalucía, ha puesto boca abajo los principios penales más elementales de nuestro ordenamiento en relación con los delitos de prevaricación y malversación de fondos públicos. Pero, también, el histórico problema de la intromisión de la Corte de Garantías en las funciones y competencias propias del Supremo (TS), el más Alto Tribunal español.

Los fallos con los que la mayoría izquierdista ha anulado las condenas impuestas a la corrupción del PSOE andaluz, primero por la Audiencia Provincial de Sevilla y, más tarde, ratificadas por el TS no son, sin embargo, las únicas ocasiones en las que el TC, bajo los mandos de Conde-Pumpido, ha cuestionado el trabajo de los magistrados de la Sala de lo Penal que preside el juez Manuel Marchena, en los asuntos de mayor trascendencia política.

No en vano, cabe recordar las polémicas resoluciones dictadas para revocar las decisiones del que fuera diputado de Podemos, Alberto Rodríguez, a quien se le retiró el acta de diputado tras ser condenado por patear a un policía; o, la reciente anulación de la sentencia que condenó a Arnaldo Otegui por su intento de reeditar Batasuna, sin ordenar a la Audiencia Nacional que la revisase y, por lo tanto, dejando sin respuesta a las víctimas que actuaron en la causa como acusación popular.

Y es que, si bien la posición constitucional del Supremo es la de actuar como máximo órgano jurisdiccional, en todos los órdenes del Poder Judicial de nuestro país, y el único y último al que corresponde interpretar la aplicación de la legalidad ordinaria, no han sido aislados los choques con el TC en los últimos cuarenta años de democracia.

Sin embargo, es en este momento cuando se ha puesto en evidencia, con mayor intensidad y frecuencia, cómo las sentencias dictadas por el Constitucional, en los asuntos más polémicos del Gobierno de Pedro Sánchez, han sido siempre favorables a éste gracias a un Tribunal dividido, por siete votos frente a cuatro, con una vacante sin cubrir durante cerca de casi dos años y gracias a una mayoría de magistrados cuestionados por su falta de imparcialidad, tras ser designados desde Ministerios o altos cargos del Ejecutivo en curso, sin solución de continuidad.

Unas «interferencias inadmisibles» del Constitucional en la labor del Supremo, denunciadas que están siendo denunciadas desde amplios sectores de la comunidad jurídica. Los propios magistrados discrepantes de los fallos de los ERE, en sus votos particulares contra las ponencias redactadas por la vicepresidenta Inmaculada Montalbán advirtieron de una avalancha de rectificaciones al Alto Tribunal que, paradójicamente, el propio Conde-Pumpido rechazaba de manera frontal durante su etapa como fiscal general del Estado, bajo el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

Por aquel entonces, el veterano y criticado juez cargó con dureza tras la corrección de la Corte de Garantías, que ahora encabeza, a la jurisprudencia penal dictada por el Supremo sobre la prescripción de los delitos, recogida en dos sentencias: la número 63/2005, de 14 de marzo y la 29/2008, de 20 de febrero de dicho año.

Tal fue el malestar de Conde-Pumpido con aquellas rectificaciones del TC de la época que, como reacción contra la primera de ellas, en 2005 dictó la Instrucción número 5 de la Fiscalía, en la que ordenaba a los fiscales alejarse de la enmienda de la jurisprudencia de la Sala de lo Penal realizada por el Tribunal que hoy preside. «Habrá de darse el máximo rango a la necesidad de preservar la seguridad jurídica (artículo 9.3 CE)», defendía.

En el caso de la segunda, sobre el denominado caso Urbanor, el fiscal de cabecera de Rodríguez Zapatero manifestó públicamente su discrepancia y aseguró que era «muy preocupante» que se hubiese dado la vuelta al «derecho a la tutela judicial efectiva», dejando desprotegidos a los perjudicados por la estafa masiva que se había enjuiciado en aquel procedimiento penal. Un Conde-Pumpido muy crítico con la impunidad de quienes se quedaron con el dinero ajeno que, ahora, contrasta con su predisposición a avalar el borrado de la responsabilidad de quienes favorecieron un sistema «ajeno a cualquier mecanismo de control» para que el presupuesto de los parados andaluces acabase distraído en los bolsillos de los propietarios de presuntas empresas en crisis. Fondos que, además, no han sido repuestos en el erario.

Hasta tal punto era contrario el presidente del TC a que se invocase el principio de legalidad penal –cajón desastre que le ha servido para conceder un 'indulto encubierto' a los cargos de la Junta de Andalucía en los Ejecutivos de Chaves y Griñán– para alterar las posiciones del Supremo que lo llegó a calificar como un «fenómeno contraproducente» para nuestro ordenamiento, con base en una «sofisticación conceptual».

Lo mismo argumentó en un artículo publicado bajo el título Justicia Penal y Jurisprudencia Constitucional, en 2006, donde defendía que la configuración del recurso de amparo originaria carecía de sentido que se mantuviera, una vez que «la semilla de la jurisprudencia emanada del TC ha germinado y ha echado raíces en la Justicia Penal». Y se mostraba reticente a confiar, precisamente, en las llamadas de atención del TC al Supremo. Una postura que parece haber olvidado tras llegar a la presidencia del primero, de la mano de Sánchez, ya que no ha dejado de aplicarlas.

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