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El juez Juan Carlos Peinado, instructor del caso Begoña Gómez

El juez Juan Carlos Peinado, instructor del caso Begoña Gómez

Revelación de secretos

El TSJM rechaza la primera querella contra el juez Peinado

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado la petición del periodista Máximo Pradera contra el instructor del caso Begoña Gómez

No hay razones para proceder contra el juez Juan Carlos Peinado, instructor del caso Begoña Gómez, por una presunta revelación de secretos. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado la primera querella interpuesta contra el magistrado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de la capital, por el periodista Máximo Pradera, al hilo de la difusión de una nota de prensa anunciando el inicio de una causa penal contra la esposa del presidente del Gobierno.

Después de ésta, la Justicia recibiría dos más: la de la Abogacía del Estado, en representación de Pedro Sánchez; y, la de su propia mujer, imputada en el asunto que daba origen al señalamiento del juez, ambas por prevaricación y pendientes de resolverse.

Tras varias horas de deliberación, a puerta cerrada, el pasado día 8 de octubre, los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del órgano judicial autonómico han fallado en contra de las pretensiones de Pradera quien, el pasado mes de mayo, interpuso varias querellas -inicialmente contra el jefe de prensa del tribunal, Luis Salas- y, más tarde, contra el propio juez, a los que responsabilizaba de haber filtrado a los medios de comunicación el contenido íntegro de la acción dirigida por el sindicato Manos Limpias contra Gómez .

«Me meto en este procedimiento porque tiene que ver con la esencia del Estado de Derecho. La tutela judicial efectiva es uno de los artículos importantes de la Constitución, y si demuestras que se ha vulnerado ese derecho, todo el procedimiento judicial queda declarado como nulo. Hasta tal punto es importante el respeto de dicho artículo, de lo contrario se declara la nulidad plena de actuaciones», explicó entonces Pradera.

Cabe recordar que la querella llegaba a la deliberación de los magistrados con el informe desfavorable de la Fiscalía de Madrid, que no encontró indicio alguno de revelación de secretos en la actuación del magistrado, ni tampoco en la del director de comunicación del TSJM al informar sobre la apertura del procedimiento judicial.

Sí que vio la fiscal, sin embargo, «bastantes» indicios de un posible delito de obstrucción a la justicia y deslealtad profesional en el letrado de la acusación popular que ejerce la organización Movimiento de Regeneración Democrática, Aitor Guisasola.

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